Negociación del Convenio de Seguridad Privada 2005

Vigilantes de Seguridad V.S. http://vigilantesdeseguridadvs.es.mn

Puede opinar sobre esta negociación en el Foro http://boards4.melodysoft.com/app?ID=VigilantesdeSeguridadVS

 



 Carta de USO     7/03/2005 19:51  Fecha
Mensaje A todas las Federaciones Regionales, Provinciales y Responsables de Seguridad Privada

Madrid, 18 de febrero de 2005.


NEGOCIACIÓN COLECTIVA


Estimados compañeros y compañeras:

Durante los pasados días 8, 10 y 15 de febrero de 2005, se reunió en la sede de Aproser la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Seguridad Privada, para negociar el articulado. Después de tres arduas y maratonianas reuniones se levantan acta, la numero 25, de la cual ya disponéis.

Esta acta se complementa con la negociación del pasado jueves 17 de febrero, de la cual no se ha levantado acta, por estar a la espera de la redacción del articulado del permiso retribuido de libre designación por el trabajador, del articulado del Fin de semana libre y de la contestación al Art. 63 (permisos Sindicales), lo cual se pretende hacer en la próxima reunión del jueves 24 de febrero.

Lo que se cerró durante la reunión fue lo siguiente

Aumento de la Prestación por IT, en las enfermedades comunes de larga duración, del DIA 61 al 90, el 80 % de la Base de Cotización.

Un día de permiso retribuido de libre designación por el trabajador

El establecimiento de un fin de semana libre al mes, salvo causa de fuerza mayor, lo que implicaría que en el siguiente mes se disfrutaran dos fines de semana.

Quedando pendiente de aceptación por la patronal la propuesta realizada para los permisos sindicales recogidos en el Art. 63

Desde la Comisión Negociadora se valora como positiva estas mejoras para el Sector, pero no tomaremos ninguna decisión, hasta que la Comisión Negociadora, la Ejecutiva Nacional y los referentes regionales lo acuerden en una próxima reunión a celebrar en Madrid.

Recibid un cordial saludo


Fernando Lago Moya
Secretario de Acción Sindical
F.T.S.P-USO

___________________________________________________________
Nota del Webmaster:

Ya está disponible la Tabla Salarial del Convenio 2005-2008 y El Borrador del Convenio en esta zona de la Web:

http://www.freewebs.com/vigilar/Tabla_Salarial_y_Borrador_Convenio.rar



  ACTA Nº 25     16/02/2005 18:32  Fecha
Mensaje
A C T A Nº 25
En Madrid, siendo las 11:30 horas del día 8 de febrero de 2005, se reúnen en la sede social de
la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COMPAÑÍAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD
(APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los representantes de las
asociaciones empresariales, ACAES, AMPES, APROSER y FES, así como los representantes de
los sindicatos CC.OO, CIG, UGT y USO, acordando lo siguiente:
PRIMERO.- En contestación a la última propuesta realizada por UGT, CC.OO y USO, la
representación empresarial contesta a la misma en los siguientes términos:
- Vigilante de seguridad de explosivos: incluir en la Disposición Adicional que se formule que
en el supuesto que lleguen a ser de aplicación las eventuales modificaciones legislativas a
que hace referencia, las partes negociarán un plus de actividad cuya cuantía abonable en
pagas extraordinarias y vacaciones no podrá ser inferior a de 20 euros para el año 2007 y
30 euros para el año 2008.
- Personal de sistemas: a) incremento salarial del 4,4% para el año 2005 y del IPC real del
año anterior para los años 2006, 2007 y 2008; b) A partir del 1 de enero del año 2007,
promoción automática de Oficial de Tercera a Oficial de Segunda para aquellos
trabajadores que hubieran permanecido en la categoría de Oficial de Tercera durante un
período mínimo de tres años.
- Operador de C.R.A.: incremento del 5% para el año 2005 e IPC real del año anterior más
un punto de los años 2006, 2007 y 2008.
- Personal de oficinas y oficios varios: incremento del 4,4% para el año 2005 y del IPC real
del año anterior para los años 2006, 2007 y 2008.
Para las categorías del personal de sistemas, oficinas y oficios varios, las retribuciones variables
de nocturnidad y antigüedad, se incrementarán en iguales porcentajes que los acordados para
el personal de vigilancia y las horas extraordinarias se incrementarán en el 4,4%.
- Escolta: incrementos equivalentes a los de los restantes vigilantes de seguridad con arma y
revisión del plus de escolta hasta 210 euros.
SEGUNDO.- En contestación a la propuesta de la representación empresarial, la
representación de UGT y USO se reiteran en solicitar el reconocimiento de la categoría laboral
de escolta y que la cuantía del plus de escolta ascienda a 240 euros por 15 pagas, aceptando el
resto de la propuesta empresarial. Por parte de CC.OO se manifiesta que la oferta para el
escolta se considera insuficiente y que la valoración se realizará en función de la totalidad de
los acuerdos. Por parte de la CIGA se reiteran en la postura manifestada en las Actas anteriores
de la Comisión Negociadora del Convenio.
TERCERO.- A continuación, ambas partes comienzan un detallado análisis del articulado del
Convenio que se prolonga durante el resto del día 8 de febrero, y los días 10 y 15 de febrero a
partir de las 11:00 y en jornada de mañana y tarde. Como resultado del examen realizado se
llega a un acuerdo en relación con los siguientes artículos, manteniéndose el texto del anterior
Convenio salvo en lo específicamente consignado para cada uno de ellos:
Artículo 1 y 2
Artículo 3: inclusión de fincas rústicas, fincas de caza, etc. Ambito funcional: nueva redacción
del tercer párrafo.
Artículo 4
Artículo 5: la Comisión Negociadora se constituirá en la primera semana de septiembre del año
2008
2
Artículo 6
Artículo 8
Artículo 10
Artículo 13
Artículo 15
Artículo 18: inclusión de la categoría de técnico de prevención de grado superior en el grupo de
personal directivo, titulado y técnico. En el personal administrativo, técnicos de oficinas,
inclusión del técnico de formación y técnico de prevención, grado intermedio, con el nivel
salarial de Oficial Primero Administrativo. En el personal de mandos intermedios, coordinador
de servicios con salario de inspector y supervisor de C.R.A., con el salario propuesto en tablas
(1066 euros por 15 pagas). En el personal de seguridad mecánico-electrónica, la nueva
categoría de operador de soporte técnico con salario de 12500 euros anuales por todos los
conceptos. En el personal subalterno, supresión de la categoría de botones.
Artículos 19, 20 y 21: incluirán las nuevas definiciones de las categorías incluidas en el artículo
18.
Artículo 22: exclusión del término “buena conducta”.
Artículo 23: promoción automática con tres años de antigüedad del Oficial de Tercera
mecánico-electrónica a Oficial de Segunda a partir del 1 de enero del 2007, y redacción de la
nueva categoría de Operador de Soporte Técnico.
Artículo 24
Artículo 25: supresión de la categoría de botones.
Artículo 26
Artículo 27: inclusión de Guarda Particular de Campo y sus especialidades.
Artículo 28
Artículo 29: se añadirá tras el verbo “rescindir”, la expresión “por escrito”, y supresión en el
personal operativo del párrafo que se inicia con “en los que existirá” hasta “salud”.
Artículo 31: supresión de la categoría encargado general en el apartado A.
Artículo 33
Artículo 34
Artículo 36
Artículo 39
Artículo 45
Artículo 47
Artículo 50
Artículo 51: según redacción del apartado 1 de acuerdo con la propuesta de UGT; en el
apartado a) se añade periodicidad de los reconocimientos médicos según los protocolos de
vigilancia de la salud, y un nuevo apartado c) sobre formación de delegados de prevención.
Artículo 52
Artículo 53
Artículo 54
Artículo 55: en el apartado 11, se sustituye a partir de “y la retirada” hasta el final del apartado
por “que conlleve la retirada de la habilitación”.
Artículo 56
Artículo 57
Artículo 58
Artículo 61: extender el importe de la prestación al cónyuge del trabajador con minusvalía del
65% o más
Artículo 65
Artículo 66
Artículo 67
Artículo 68: sujeto a comprobación de valores
Artículo 69: a.3) plus de peligrosidad: sustituir “incluidas” por “abonables”; f) plus de
radioscopia básica: suprimir “y acredite un curso de formación básica sobre este medio de
seguridad”.
Artículo 70
Artículo 72
Artículo 73
Artículo 74: sujeto a comprobación de cifras
3
Artículo 77: inclusión de texto propuesto por UGT sobre jubilación a los 64 años y remisión de
nueva normativa sobre jubilación forzosa pactable en Convenio Colectivo; desarrollo de
jubilación parcial.
Artículo 78
Artículo 79: inclusión de texto propuesto por UGT
Artículo 80
Artículo 81: capitales de responsabilidad civil de acuerdo con lo establecido en la legislación
vigente
Artículo 82
Artículo 83
Disposición Adicional Primera: añadir “a través de un plus de actividad a partir del 1 de enero
del 2007, de 20 euros, y 30 euros a partir del 1 de enero del 2008”.
Disposición Adicional Segunda: añadir tras “primera”, la expresión “del anterior”. En el segundo
párrafo, después de “devengado”, incluir “según el artículo 69 de este Convenio”. En el tercer
párrafo, después de 43 euros mensuales para el año 2005, incluir “abonables también en las
pagas extraordinarias y vacaciones”.
Disposición Final Unica.
CUARTO.- Por la de la CIG se manifiestan diversos comentarios en relación con los artículos
aprobados, incluidos en el apartado anterior, que se incluyen como Anexo 1 de este Acta.
QUINTO.- La representación empresarial reitera a continuación aquellos artículos para los que
solicita que se produzca su modificación, en relación con los artículos pendientes:
- Artículo 7: según texto comunicado a la representación sindical
- Artículo 12: previsión que la formación pueda impartirse dentro y fuera de la jornada de
trabajo
- Artículo 38: supresión del término “autoridad competente”
- Artículo 41: jornada; sustitución de 12 horas por 13 en cuanto a la interrupción de jornada:
sustitución de 2,5 horas por 1,5 horas de descanso en jornada partida. Añadir en el párrafo
de las jornadas de trabajo o calendario laboral para el transporte de fondos y manipulado
de efectivo, después de festivos de cada comunidad, “la forma en que se realizarán la
totalidad de los servicios ordinarios contratados”, además del texto que sigue a
continuación de la propuesta remitida a la representación sindical. En el párrafo sexto,
suprimir la expresión “y transporte”, y añadir nuestro subrayado de “durante el horario de
atención al público”, y prever que la ayuda alimentaria sea por 5 euros.
- Artículo 43: el cambio de horario de trabajo no debe constituir una modificación sustancial
siempre que se preavise con un mes de antelación.
- Artículo 63: texto actual con la aclaración de “y no por centro de trabajo”.
- Artículo 64: nuestro texto propuesto. (retribuciones variables pagadas al mes siguiente de
su realización)
- Artículo 71: prorrateo de las pagas extraordinarias en 12 mensualidades previo acuerdo
entre las partes y abono del plus de peligrosidad en 11 mensualidades.
SEXTO.- En respuesta a la anterior petición empresarial, la representación de UGT, CC.OO y
USO, realiza la siguiente solicitud:
- Incluir el texto del artículo 37.3 f) del estatuto de los trabajadores en la ubicación oportuna
del texto del Convenio.
- Jubilación parcial con reducción de la jornada entre el 85% y el 15% con el
correspondiente contrato de relevo, en los términos que las partes acuerden llevar a cabo.
- Aceptación del sometimiento a la mediación extrajudicial de conflictos colectivos que
puedan plantearse al nivel estatal y autonómico.
- Petición de un día de asuntos propios, admitiendo su implantación a partir del año 2008 y
excluyendo los períodos de más alta actividad (vacaciones, Navidades, semana, etc)
- Complemento de la IT por enfermedad común de 61 a 90 días, hasta el 100% de la base
de cotización.
- Petición de un fin de semana libre al mes.
4
- Permisos sindicales: pendiente de redacción de acuerdo consensuado entre los sindicatos.
- Abono del complemento personal de antigüedad en caso de IT por accidente de trabajo a
que se refiere el artículo 62 a).
- Permiso retribuido para cita de médico especialista.
- Creación de una Comisión Paritaria en los 6 meses siguientes a la firma del convenio para
determinar otros términos de Macroconcentración Urbana.
- Creación de una Comisión de trabajo para el estudio de la implantación de un Plan de
Pensiones para el sector.
- Admisión del cambio de turnos previo acuerdo entre los trabajadores y previa notificación
con 24 horas de adelanto a la empresa.
SÉPTIMO.- La representación empresarial, en contestación a las anteriores peticiones acepta
los siguientes aspectos, a condición de la aceptación de la propuesta empresarial incluida en el
punto quinto:
- Incluir el texto del artículo 37.3 f) del estatuto de los trabajadores en la ubicación oportuna
del texto del Convenio.
- Jubilación parcial con reducción de la jornada entre el 85% y el 15% con el
correspondiente contrato de relevo, en los términos que las partes acuerden llevar a cabo.
- Aceptación del sometimiento a la mediación extrajudicial de conflictos colectivos que
puedan plantearse al nivel estatal.
- Abono del complemento personal de antigüedad en caso de IT por accidente de trabajo a
que se refiere el artículo 62 a).
- Inclusión de un nuevo tramo de complemento de la IT en caso de enfermedad común
desde el día 61 al 80 complementando hasta el 80% de la base de cotización.
- Permiso retribuido con un máximo de 3 horas para cita de médico especialista del INSALUD
u organismo equivalente.
- Creación de una Comisión Paritaria en los 6 meses siguientes a la firma del convenio para
determinar otros términos de Macroconcentración Urbana.
- Creación de una Comisión de trabajo para el estudio de la implantación de un Plan de
Pensiones para el sector.
- Ampliación del permiso sindical del artículo 63 de manera que sea cada 50 delegados de
personal y a reducir a un mínimo de 5 delegados para tener derecho a un crédito anual
proporcional.
- Admisión del cambio de turnos previo acuerdo entre los trabajadores y previa notificación
con 24 horas de adelanto a la empresa.
OCTAVO.- Tras un nuevo receso, la representación de UGT, CC.OO y USO manifiesta la
aceptación de los siguientes artículos:
- Artículo 12: se admite que la formación se imparta dentro o fuera de la jornada laboral,
pero cuando sea exigida por la empresa o por disposición legal y se imparta fuera de la
jornada de trabajo se entiende preciso que se abone de acuerdo con el actual texto de este
artículo.
- Artículo 38: se acepta sustituir autoridad competente por “acudirá a la jurisdicción
competente”, a condición de consulta con los representantes legales sindicales.
- Artículo 41: se acepta el subrayado del texto de la representación empresarial en lo que se
refiere a “durante el horario de atención al público”, y el importe de 5 euros de ayuda
alimentaria excluyéndose a los trabajadores de transporte.
- Artículo 64: se admite que los conceptos variables se paguen en el mes siguiente al de su
devengo siempre que las retribuciones fijas se abonen el día 1 salvo fuerza mayor.
- Artículo 71: admisión que las pagas extraordinarias se prorrateen en 12 pagas con acuerdo
mutuo entre empresa y trabajador.
NOVENO.-. La representación sindical de UGT, CC.OO y USO reitera sus reivindicaciones en
relación con los siguientes aspectos:
- Petición de un día de asuntos propios, admitiendo su implantación a partir del año 2008 y
excluyendo los períodos de más alta actividad (vacaciones, Navidades, semana, etc)
5
- Complemento de la IT por enfermedad común de 61 a 90 días, hasta el 90% de la base de
cotización.
- Petición de un fin de semana libre al mes en cómputo bimensual.
- Permisos sindicales: pendiente de redacción de acuerdo consensuado.
DÉCIMO.- La CIG reitera asimismo sus peticiones en relación con los artículos pendientes de
negociación en los siguientes términos:
Artículo 12. Formación. Se solicita el abono de la jornada del ejercicio de tiro, y de los
desplazamientos, cuando así proceda.
Artículo 35. Lugar de trabajo. Se solicita el acercamiento del puesto de trabajo al domicilio del
trabajador, siempre que exista una vacante o se produzca una plaza de nueva creación, previa
petición del trabajador. Si existiesen varias peticiones se atenderán por orden de petición.
Artículo 41. Jornada de trabajo. Se solicita un fin de semana libre completo al mes para cada
vigilante, entendiéndose como tal, de 00:00 horas del sábado a las 24:00 horas del domingo.
Se permitirán los cambios de turno entre los trabajadores del mismo servicio siempre que exista
un aviso previo de 24 horas. A este fin, se elaborará en cada empresa un modelo de
comunicado en el que se haga constar el consentimiento y aceptación de los trabajadores
afectados.
Artículo 64. Disposición general. Se Concede a al patronal que los conceptos variables se
abonen a mes vencido, en contraprestación de que el abono de las nóminas se realicen como
tope el día 1 de cada mes.
Artículo 71. Complementos de vencimientos superior al mes. Nos oponemos a la propuesta de
la patronal de prorratear dichas pagas en once meses.
UNDÉCIMO.- Se reconoce como crédito horario la jornada del 3 de febrero de 2005.
DUODÉCIMO.- Se fija la próxima reunión de la Comisión Negociadora del Convenio para el
jueves 17 de febrero a las 16:00 horas en la sede de APROSER.
Y no habiendo mas asuntos que tratar, siendo las 22:30 horas del día 15 de febrero de 2005,
se levanta la sesión, con la firma de los asistentes, en prueba de su conformidad con el
contenido de la misma.
POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:
ACAES:
D. MATÍAS PLAZA FRANCÉS (días 8 y 10 de febrero)
D. FERNANDO RICONDO SALVARREY (15 de febrero)
AMPES:
D. JUAN PEDRO DEL CASTILLO SERRANO (días 8 y 10 de febrero)
D. LUIS GARCÍA ECHEVARRÍA (día 15 de febrero)
APROSER:
D. SANTIAGO GARCÍA GARCÍA (días 8 y 10 de febrero)
D. JUAN MANUEL HERNANZ GARCÍA (días 8, 10 y 15 de febrero)
D. ISAAC MARTÍNEZ CARRASCAL (días 8, 10 y 15 de febrero)
6
Doña RAQUEL RAMÍREZ OCHOA (días 8 y 10 de febrero)
FES:
Doña VANESA GÓMEZ DÍAZ (días 8, 10 y 15 de febrero)
D. JORGE RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ (días 8 y 10 de febrero)
POR LA REPRESENTACION SINDICAL
CC.OO.: misma representación los tres días.
D. ALEJANDRO GASTÓN GARCÍA DE JALÓN
D. TXOMIN MARAÑÓN MAROTO
D. JUAN FÉLIX MESA FERNÁNDEZ
D. JOSÉ A. ROLDÁN PÉREZ
D. JAVIER TORREJÓN MARTÍN
CIG:
D. ANGEL PIÑEIRO GARCÍA (día 8 de febrero)
D. EDUARDO SEBUO MOLGUERO (día 8 de febrero)
D. PAULO PAIO RUBIDO BARÁ (días 8 y 10 de febrero)
D. MARIO TEIJO ROMA (días 10 y 15 de febrero)
D. JOSÉ VÁZQUEZ HERMIDA (días 10 y 15 de febrero)
D. JOSÉ MANUEL CRESPO GARCÍA (día 15 de febrero)
FEs-UGT: los tres días de negociación
D. ISIDRO CAMPOS NAVARRETE
D. JOSÉ MANUEL FERNÁNDEZ ALVAREZ
D. JOSÉ CARLOS FERNÁNDEZ-CID CASTAÑO
D. ANTONIO DAMIÁN SÁNCHEZ ANIORTE
D. RAFAEL LÓPEZ GALLARDO (sólo el día 15 de febrero)
D. RAFAEL SALDAÑA ERUSTES
D. FRANCISCO SÁNCHEZ GUTIÉRREZ
D. BENJAMÍN SÁNCHEZ SOBRINO
D. JOSÉ LUIS SANTOS VICENTE
D. ANTONIO SOLANO BONILLA
FTSP-USO:
D. MARCELO GARCÍA CONDE (día 8 de febrero)
D. EMILIANO JIMÉNEZ HERNÁNDEZ (días 8, 10 y 15 de febrero)
D. RICARDO SANGUINO REGAÑO (días 8, 10 y 15 de febrero)
D. MANUEL PÉREZ (día 8 de febrero)
D. JOSÉ MANUEL GUILLÉN REY (día 15 de febrero)
D. ANTONIO DUARTE ALVAREZ (día 15 de febrero)
7
ANEXO 1
Por parte de la CIG se realizan las siguientes propuestas de modificación del articulado que no
son aceptadas por el resto de la representación sindical y por la representación empresarial,
quedando por lo tanto con su redaccción anterior:_
Artículo 2. Ámbito territorial. Añadir al final del texto: “… mientras no se negocien convenios
autonómicos. En este sentido se atenderán las convocatorias de mesas de negociación en el
marco autonómico cuando sean solicitadas por el 51% de la representación sindical.”
Artículo 10. Organización del trabajo. Principios Generales, añadir: “… los representantes de los
trabajadores tendrán funciones de información, de orientación, control y propuesta…”
Artículo 15. Como segundo párrafo substitución por : “ en todos los casos, e
independientemente del tipo de contratación efectuada, cuando se produzca una reducción o
extinción parcial de un servicio la empresa procederá a efectuar la determinación de los
trabajadores afectados por esta situación, eligiéndose primero los de menor antigüedad en
nómina, y en caso de tener la misma se valorarán las cargas familiares, y en todo caso, oída la
representación de los trabajadores.”
Artículo 26. Normas Generales. Añadir al final del texto: “Así mismo cuando se produzca una
vacante bien por la aparición de un nuevo servicio o ampliación, o bien por el cese de un
trabajador, las empresas afectadas por este convenio deberán antes de proceder a una nueva
contratación ofertar esta plaza o plazas a los trabajadores existentes en la empresas con la
misma categoría, los cuáles podrán permutar su actual plaza por ésta. En caso de existir más
de un trabajador interesado en la vacante, regirá la antigüedad como criterio de prioridad en la
selección, y en caso de empate la mayor edad. En todo este proceso deberá intervenir la
representación de los trabajadores, de acuerdo con la normativa vigente.”
Artículo 33. Escalafones. Añadir al final del segundo párrafo: “ Asimismo la representación de
los trabajadores podrá pedir el escalafón cuando se produzcan variaciones o cuando así lo
estime oportuno”.
Artículo 36. Párrafo primero. Supresión : “salvo que dicho desplazamiento no tenga perjuicios
económicos para el trabajador”. En el párrafo segundo añadir: “En estos desplazamientos
efectuados en el vehículo del trabajador, en el caso de existir avería o accidente por causas no
imputables al trabajador o negligencia de este, los daños causados serán cubiertos por la
empresa.
ARTÍCULO 51.Seguridad y salud laboral. Se abonarán por el tiempo necesario la realización de
los reconocimientos médicos, incluyéndose los desplazamientos, kilometraje y dietas si procede.
En lo restante nos remitimos a la normativa existente en materia de salud y riesgo laboral.
Artículo 59. Se pide la supresión de todo el artículo.
ARTÍCULO 66. Estructura salarial. Pluses de puestos de trabajo. Tóxico-penoso, escolta,
conducción, transporte de fondo, actividad, jefe de equipo, vigilancia y transporte, de trabajo
nocturno, de festividad, de trabajo a turnos, especialización de guías caninos y plus de
radioscopia.
ARTÍCULO 69. Complementos de puestos de trabajo. La C.I.G., se ratifica en la propuesta
realizada en su día, acta nº 13, en la que se refleja la viabilidad de esta propuesta, para el
cobro de la totalidad del plus de peligrosidad para todo el colectivo de vigilantes de seguridad.
El plus de radioscopia básica propuesto por la patronal es insuficiente.
Artículo 69. No estamos de acuerdo. Añadir texto de la plataforma de la C.I.G.
ARTÍCULO 73. Cuantía de las retribuciones. Nos oponemos a la oferta de la patronal.
8
Artículo 74. Añadir. Se acuerda constituir, en el plazo de dos meses a partir de la firma de este
convenio, entre las organizaciones negociadoras una comisión de seguimiento específica de
este artículo.
En el caso en el cual una empresa aplique una tarifa comercial inferior a la aquí pactada, se
verá obligada a reportar la diferencia de dicha cantidad a los trabajadores afectados por la
oferta inferior, en una única paga lineal a repartir entre todos los afectados y que podrá ser
reclamada por éstos como un concepto salarial.



 ACTA Nº 24     2/02/2005 10:00  Fecha
Mensaje
En Madrid, siendo las 11:30 horas del día 1 de febrero de 2005, se reúnen en la sede social de
la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COMPAÑÍAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD
(APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los representantes de las
asociaciones empresariales, ACAES, AMPES, APROSER y FES, así como los representantes de
los sindicatos CC.OO, CIG, UGT y USO, acordando lo siguiente:
PRIMERO.-. La representación empresarial se ratifica en la propuesta contenida en las Actas
números 22 y 23, con las siguientes modificaciones:
- Personal de oficinas y oficios varios: incremento en las retribuciones fijas del 4,2% para el
año 2005
- Personal de sistemas: incremento en las retribuciones fijas del 4,2% para el año 2005
- Resto de conceptos: IPC real del año 2004
SEGUNDO.- La representación sindical de UGT, CCOO y USO se ratifica en la propuesta
contenida en las Actas 22 y 23, con las siguientes modificaciones:
- Vigilantes de Transporte de Explosivos, Vigilante de Explosivos, Guarda Particular de Campo
y Personal de Oficinas: las horas extraordinarias tanto laborables como festivas se
incrementarán en el 4,4% para el año 2005.
- Los incrementos del plus de nocturnidad para el personal contenido en el párrafo anterior
serán idénticos a los acordados para el personal de vigilancia.
- Escoltas: reconocimiento de categoría y plus de escolta por un importe mensual de 240
euros. Las horas extraordinarias se actualizarán al 4,40% para el año 2005.
- Personal de sistemas: incremento del 5% para el año 2005 y del IPC real del ejercicio
anterior más un punto para los años 2006 a 2008. Plus de festivos para el Operador CRA
equivalente al importe del vigilante de seguridad de vigilancia.
TERCERO.- Asimismo, CC.OO realiza la siguiente manifestación, en relación a lo ya solicitado
en el Acta número 23:
«Ante lo manifestado por la patronal en relación a las peticiones de CC.OO en las últimas actas
y después de analizar esta organización los principios de acuerdo sobre las cuestiones
económicas que afectan al conjunto de los trabajadores/as de Seguridad Privada, entendemos
como insuficientes dichos acuerdos.
Asimismo, a lo manifestado por CC.OO y tras la reflexión realizada, proponemos a todas las
partes implicadas esta propuesta, seria y factible, para un acuerdo global, siendo en los
términos siguientes:
Ambito temporal: 4 años, desde el 2005 al 2008, ambos inclusive.
Vigilantes de Seguridad
- Plus de Peligrosidad:
- Consolidación del plus para los vigilantes anteriores al año 1994, que vinieran
percibiéndolo a 131,76 euros.
- Abono y consolidación del plus para los vigilantes anteriores al año 1994, que
dejaron de percibirlo a 131,76 euros.
- Consolidación del plus para los vigilantes posteriores al año 1994 que hayan
percibido el plus en el último año.
- Abono y consolidación a los vigilantes posteriores al año 1994 que no trabajen
con arma, dicho abono será de forma escalonada, siendo la formula el incremento
proporcional de la congelación de las horas extras.
- La antigüedad para dicho percibo es la reflejada en nómina.
- Incremento Salarial:
En relación a los incrementos salariales vemos insuficientes para una vigencia de convenio a
cuatro años, por lo que entendemos que la subida debería se mas acorde a la realidad en la
que esta inmersa el sector.
- Congelación de las horas extras de los Vigilantes de Seguridad durante la vigencia de
Convenio, en compensación por lo expuesto con anterioridad.
- Jornada anual de 1.782 horas desde el primer año.»
CUARTO.- Tras un nuevo receso, la representación empresarial acepta la propuesta sindical en
los siguientes aspectos:
Año 2005: Personal de oficinas y de oficios varios, Vigilante de Transporte de Explosivos-
Conductor, Vigilante de Transporte de Explosivos, Guarda Particular de Campo y Vigilante de
Explosivos:
- Incremento del 4,4% sobre las retribuciones fijas
- Horas extraordinarias: 4,4%
- Horas nocturnas: iguales porcentajes que en vigilancia (4,55%)
- Antigüedad: mismo porcentaje que para vigilancia (IPC real 2004)
Años 2006 a 2008: Personal de oficinas y de oficios varios, Vigilante de Transporte de
Explosivos-Conductor, Vigilante de Transporte de Explosivos, Guarda Particular de Campo y
Vigilante de Explosivos:
- Incremento del IPC real de ejercicio anterior sobre las retribuciones fijas
- Horas extraordinarias: IPC real del ejercicio anterior
- Horas nocturnas: iguales porcentajes que en vigilancia (4%)
- Antigüedad: mismo porcentaje que para vigilancia (IPC real del ejercicio anterior)
La representación empresarial, en respuesta a la manifestación de CC.OO, realizada en el punto
tercero, señala que se remite a lo firmado por este sindicato en el Acta número 14 del pasado
día 25 de noviembre de 2004, por lo que se refiere a todos y cada uno de los conceptos a que
ésta alude.
A lo largo de la tarde del día 1 de febrero, será remitida a los sindicatos representados en la
Mesa de Negociación, un borrador del texto del articulado del Convenio Colectivo, para su
examen.
QUINTO.- La representación empresarial realiza la siguiente propuesta en relación a las
cuestiones pendientes:
- Vigilante de seguridad-escolta: idéntica estructura de tablas de retribuciones al vigilante de
seguridad para los conceptos fijos. Plus de peligrosidad: 129 euros mensuales para los años
2005, 2006 y 2007 y actualización en función del IPC real del año 2007, para el año 2008.
Plus de escolta: incremento del 9,15% hasta 210 euros mensuales. En cuanto a las horas
extraordinarias, nocturnidad, fin de semana y festivos y antigüedad, se aplicarán los
mismos importes que los acordados para el vigilante de seguridad para los años 2005 a
2008.
- Vigilante de seguridad de explosivos: aceptación de redacción de la Disposición Adicional
relativa a las eventuales nuevas funciones, diferida al año 2007 la retribución del plus de
actividad que se determine en su momento, sin fijación previa de ningún importe mínimo,
en el caso de que se den las modificaciones que se indiquen en dicha disposición.
- Personal de sistemas: incremento del 4,4% sobre las retribuciones fijas para el año 2005,
salvo para el Operador de CRA, para el que será del 5%. Para los años 2006 a 2008,
incremento según el IPC real del ejercicio anterior, salvo para el Operador de CRA, para el
que será del IPC real más un punto.
SEXTO.-. Por parte de la representación de UGT, CCOO y USO se realiza la siguiente propuesta
en contestación a la propuesta empresarial contenida en el punto anterior:
- Vigilante de seguridad de explosivos: se insiste que en la Disposición Adicional se incluya
un mínimo de plus de actividad, siempre y cuando se produzcan las condiciones a las que la
misma se refiere. Su cuantía será como mínimo de 45 euros para el año 2007 y 60 euros
para el año 2008.
- Escolta: reconocimiento como categoría laboral, y 240 euros como plus escolta. Plus de
peligrosidad: 129 euros mensuales para los años 2005, 2006 y 2007 y actualización en
función del IPC real del año 2007, para el año 2008. Plus de escolta de 240 euros
mensuales. En cuanto a las horas extraordinarias, nocturnidad, fin de semana y festivos y
antigüedad, se aplicarán los mismos importes que los acordados para el vigilante de
seguridad para los años 2005 a 2008.
- Personal de sistemas: incremento del 5% para el año 2005 e IPC real del ejercicio anterior
más un punto para los años 2006 a 2008. Asimismo, para el Operador CRA, se solicita un
plus de fin de semana y festivos con el mismo importe que el vigilante de seguridad, a
partir del año 2006.
La representación sindical se compromete a remitir el próximo viernes su propuesta de texto de
articulado alternativa, bien conjunta o de forma independiente por cada sindicato, que será
discutida en la próxima reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo.
SÉPTIMO.- La representación empresarial manifiesta que estudiará la propuesta contenida en
el punto anterior, y dará una contestación en la próxima reunión de la Comisión Negociadora
del Convenio.
OCTAVO.-. CC.OO., ante el acuerdo alcanzado en la reunión de hoy, y a la espera de una
nueva consideración por parte de la representación empresarial a la propuesta formulada por
UGT, CC.OO y USO, valoraremos en el conjunto global nuestro posicionamiento como
organización.
NOVENO.- La CIG considera insuficientes las propuestas realizadas por la parte empresarial, al
incidir de nuevo en la división del sector. En cuanto al intento de reconducir la negociación de
las condiciones económicas de vigilancia por parte de CC.OO., entendemos su intención en
cuanto reconoce la injusticia de lo acordado en el Acta 14, pero no conlleva la solución de la
desigualdad creada que elimina el derecho universal de a igual trabajo, igual salario. Por todo
esto, la CIG hace un llamamiento a la parte social para que se reconduzca la negociación en
unos términos justos.
DÉCIMO.- Se fija la próxima reunión de la Comisión Negociadora del Convenio para el martes
8 de febrero a las 11:00 horas en la sede de APROSER.

Y no habiendo mas asuntos que tratar, siendo las 20:00 horas del día 1 de febrero de 2005, se
levanta la sesión, con la firma de los asistentes, en prueba de su conformidad con el contenido
de la misma.



 ACTA Nº 23     26/01/2005 17:11  Fecha
Mensaje
En Madrid, siendo las 12:00 horas del día 25 de enero de 2005, se reúnen en la sede social de la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COMPAÑÍAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD(APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los representantes de las asociaciones empresariales, ACAES, AMPES, APROSER y FES, así como los representantes de los sindicatos CCOO, CIG, UGT y USO, acordando lo siguiente:

PRIMERO.-. Tras diversas deliberaciones y recesos la representación empresarial formula la siguiente propuesta:
Remisión a la propuesta formulada en la reunión del pasado 18 de enero, con las siguientes modificaciones:
Personal de oficinas y oficios varios:
- Incremento del 4% durante el año 2005 e IPC real del año anterior para los años 2006, 2007 y 2008
Personal de sistemas:
- Incremento del 4%, con excepción del Operador CRA, para el que se propone un incremento del 5% para el año 2005. Incremento del IPC para los años 2006, 2007 y 2008.
- Creación de una nueva categoría para este servicio de CRA, denominada Supervisor de CRA, con un salario anual de 16.000 euros brutos, con incremento del IPC para los años 2006, 2007 y 2008.
Vigilantes de seguridad de explosivos:
- Aceptar la sugerencia de la representación sindical de suscribir una disposición adicional al Convenio, que contenga el compromiso de que en el seno de la Comisión Paritaria del Convenio se analicen las eventuales modificaciones legales y/o
reglamentarias que puedan afectar a las responsabilidades de esta especialidad de vigilante de seguridad y, en el supuesto que se exigiesen nuevas funciones, se compensasen éstas mediante la eventual creación de un plus de actividad en cuya
definición se recogiesen estas nuevas funciones con efectos económicos al 1 de enero del año 2007.

SEGUNDO.-. La representación de UGT, CC.OO y USO realizan la siguiente propuesta en contestación a la anteriormente formulada por la representación empresarial:
- Aceptación de la propuesta económica en relación con las categorías de Guarda Particular de Campo y de mandos intermedios.
- Incremento para las categorías del personal de oficinas y vigilante de transporte conductor de explosivos y vigilante de transporte de explosivos del 4,4% para el año 2005 e IPC real
del año anterior para los años 2006, 2007 y 2008.
- Con respecto a la disposición adicional sobre el vigilante de seguridad de explosivos, incluir un compromiso de pago en el concepto que se determine en su momento de 45 euros en el
año 2007 y 60 euros en el año 2008.
- En relación al vigilante de seguridad-escolta, reconocimiento de la categoría laboral para éste, incremento del 4,4% de los conceptos fijos para el año 2005 e IPC real para los años 2006, 2007 y 2008, y revisión del plus de escolta hasta 240 euros en el año 2005 e IPC real
del año anterior para los años 2006, 2007 y 2008.
- En relación al personal de sistemas, se solicita un incremento del 8% y además al Operador de CRA, el complemento de fin de semana y festivos, en el mismo importe que al vigilante de seguridad de vigilancia.
- Solicitud de consolidación del plus de peligrosidad para las categorías de Guarda Particular
de Campo y personal operativo de Explosivos en los términos previstos para el personal de Transporte de Fondos.

TERCERO.-. La representación de CIG realiza una propuesta en los siguientes términos:
Explosivos:
- Plus de Actividad de 130 euros mes X 15 pagas
- Incremento salarial de IPC real + 1% para todos los años
- Consolidación del Plus de Peligrosidad tal y como está pactado en Transporte de Fondos
Guarda Particular de Campo:
- Plus de Actividad de 130 euros mes x 15 pagas
- Incremento salarial de IPC real + 1% para todos los años
- Consolidación del Plus de Peligrosidad tal y como está pactado en Transporte de Fondos
Vigilante de Seguridad – Escolta:
- Plus de Escolta de 300 euros mes x 15 pagas
- Incremento salarial de IPC real + 1% para todos los años
- Consolidación del Plus de Peligrosidad tal y como está pactado en Transporte de Fondos
Personal de Sistemas:
- Incremento salarial para el primer año (2005) del 10%
- El resto de años IPC real + 2%
- Supresión de la categoría Oficial de Tercera
Personal de Oficinas y Oficios Varios:
- Incremento salarial para el primer año (2005) del 10%
- El resto de años IPC real + 2%
La CIG quiere manifestar asimismo que desconocemos que exista un Convenio Colectivo, sea de ámbito nacional o no, en el que se establezcan tantas diferencias económico-laborales entre
las categorías existentes en el mismo. De igual modo, ante las propuestas económicas realizadas por la patronal para los distintos sectores o subsectores reflejada en el Acta 22,
manifestamos nuestro asombro y perplejidad ante las mismas; que nuevamente inciden en la división entre buenos, malos, favoritos y perjudicados. La CIG presente en la Mesa de
Negociación con tres trabajadores de sistemas de seguridad desea que tanto la patronal como los sindicatos firmantes de los acuerdos económicos hasta la fecha hagan una valoración de la única propuesta económica presentada por escrito (CIG) e incluida en este Acta, explicando a los trabajadores cuál es el criterio seguido para que en un mismo Convenio se establezcan diferencias y discriminaciones, incluso por razones de antigüedad en la empresa, como es el caso del plus de peligrosidad. La CIG, en la lógica de nuestra postura mantenida en el tiempo desde el comienzo de las negociaciones proponemos unos incrementos salariales coincidentes
con lo expresado para el resto de categorías ya pactados, en aras al mantenimiento de una negociación que no perjudique ni discrimine a nadie, a diferencia de lo así realizado hasta ahora por patronal y sindicatos firmantes.

CUARTO.-. CC.OO., después de lo manifestado en el Acta número 22, donde solicitamos a todas las partes una reflexión que nos llevara a un acuerdo global, reconduciendo los aspectos
económicos del colectivo de vigilantes de seguridad, entendiendo de forma seria y factible dicho logro, buscando en todo momento huir de aspectos que entendemos lesivos para el
conjunto de los trabajadores, solicitamos que en la próxima reunión convocada se aborde este tema.

QUINTO.-. La representación de UGT y USO, ante la manifestación de CIG, expresa su total rechazo a ésta. Al mismo tiempo, queremos instar a los representantes de este sindicato a mantener una mayor seriedad con respecto a la negociación y a los trabajadores que representamos ya que, durante toda la negociación vienen utilizando las Actas del Convenio como vehículo de propaganda sindical, lo que tenemos que rechazar de plano aunque hasta este momento se les ha permitido esperando que ellos mismos rectificaran. Asimismo,
solicitamos a la Mesa Negociadora del Convenio que en la próxima reunión, y para Actas sucesivas, no se incluyan en estas manifestaciones que no se hayan expresado en el curso de
la reunión, o sean consecuencia de la misma.

SEXTO.-. La representación empresarial manifiesta su rechazo absoluto a las afirmaciones vertidas por CIG por infundadas, inexactas, demagógicas y contradictorias con sus propias propuestas con ausencia de respeto a los negociadores.

SÉPTIMO.- Se fija la próxima reunión de la Comisión Negociadora del Convenio para el martes 1 de febrero a las 11.00 horas en la sede de APROSER.

Y no habiendo mas asuntos que tratar, siendo las 20:00 horas del día 25 de enero de 2005, se levanta la sesión, con la firma de los asistentes, en prueba de su conformidad con el contenido de la misma.




 ACTA Nº 22     19/01/2005 00:06  Fecha
Mensaje En Madrid, siendo las 11:30 horas del día 18 de enero de 2005, se reúnen en la sede social de la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COMPAÑÍAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD(APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los representantes de las asociaciones empresariales, ACAES, AMPES, APROSER y FES, así como los representantes de los sindicatos CCOO, CIG, UGT y USO, acordando lo siguiente:

PRIMERO.-. La representación empresarial realiza una propuesta para las categorías laborales pendientes de negociación en los siguientes términos:
Explosivos:
- vigilante de seguridad conductor de explosivos: (1206,39 euros/mes), incremento del 4,4%
- vigilante de seguridad de transporte de explosivos: (1166,77 euros/mes), incremento del 4,4%
- vigilante de seguridad de explosivos (1058,63 euros/mes), incremento del 4,4%
Guarda particular de Campo:
- 1054,41 euros/mes, incremento del 4,4%

Los incrementos para el año 2006, 2007 y 2008 para el personal de explosivos y guarda particular de campo, con la istribución en tablas acordada por las partes, equivaldrá al IPC real del año anterior a los citados.
En la próxima reunión la representación empresarial acompañará las tablas de la propuesta de cada una de las categorías anteriores (explosivos y guarda particular de campo).
Vigilante de seguridad-escolta:
- Se aplican los mismos importes que al vigilante de seguridad con arma, acordados en el
Acta número 14, incrementándose el plus de escolta en el 7,6% hasta 207,10 euros mensuales.
Para los años 2006, 2007 y 2008, se aplicarán los mismos criterios que para el vigilante de seguridad con arma y el plus de escolta experimentará un incremento equivalente al IPC real del año anterior a los citados.
Personal de sistemas:
Incremento del IPC real del año 2004 (3,2%), sobre el total de la tabla del Anexo salarial del Convenio, con la distribución en los distintos conceptos que las partes acuerden.
Los incrementos para los años 2006, 2007 y 2008 serán del IPC real del año anterior, con la distribución en tablas acordada por las partes, equivaldrá al IPC real del año anterior a los
citados.
Personal de oficinas y oficios varios:
Incremento del IPC real del año 2004 (3,2%), salvo para el grupo de mandos intermedios que se incrementa el 10% de la tabla del anexo salarial, con integración del plus de vestuario en el salario base. La distribución de los distintos conceptos será acordada por las partes.
Los incrementos para los años 2006, 2007 y 2008 serán del IPC real del año anterior, con la distribución en tablas acordada por las partes, equivaldrá al IPC real del año anterior a los
citados.

SEGUNDO.- En relación con el Acta número 21, la representación empresarial indica que los importes del plus de transporte y vestuario serán de 68 euros y 68,25 euros, respectivamente,
para el personal de vigilante de seguridad de transporte conductor y vigilante de seguridad de transporte, sin que se modifique ni el total mensual ni el coste de estas dos categorías, sustituyendo a los importes de 68,50 y 67,75 euros que constaban en el Acta número 21.
Asimismo, al omitirse los incrementos del salario base y plus de transporte y vestuario para los años 2006, 2007 y 2008 para las categorías de vigilante de seguridad conductor, vigilante de seguridad de transporte y contador-pagador, aquéllos equivaldrán al IPC real del año anterior con la distribución en tablas acordada en su momento entre las partes.

TERCERO.- Por parte de CC.OO. se realiza la siguiente manifestación: «Ante lo expuesto por
CC.OO. en el acta número 20 y después de estudiar el principio de acuerdo alcanzado sobre cuestiones económicas en el transporte de fondos en el Acta número 21, entendemos como insuficiente dicho acuerdo en relación a lo manifestado por la patronal respecto a las posibles modificaciones de las condiciones de trabajo para este colectivo y las características de este
nuevo plus de actividad. Consideramos que, teniendo en cuenta lo expresado anteriormente, deben reconducirse los aspectos económicos del colectivo de vigilantes de seguridad. Por lo
tanto, creemos necesario que las partes que estamos representadas en la mesa de negociación,
abramos una reflexión que nos lleve a un acuerdo global satisfactorio para todas las partes implicados en este Convenio Colectivo».
Asimismo, y ante la propuesta realizada por la representación empresarial, que afecta a un importante número de colectivos, y dado la complejidad de la misma, CC.OO estudiará esta propuesta, dando contestación en la próxima reunión.

CUARTO.-. Por parte de USO, según quedó en el Acta número 21, tras consultar sus organizaciones, da su conformidad al preacuerdo económico de transporte de fondos, con la matización de que el plus de actividad se cobrará por todo el personal operativo de transportes y los contadores-pagadores.
Asimismo, debido a la complejidad de las diferentes categorías a las que por la representación empresarial se propone un incremento salarial, entiende conveniente realizar un estudio al efecto de dar una contestación en la próxima reunión.

QUINTO.- Por parte de UGT igualmente se pospone la contestación a la propuesta empresarial para la próxima reunión de la Comisión Negociadora del Convenio.

SEXTO.- Por parte de CIG, a raíz de las declaraciones realizadas por el sindicato CC.OO., ante
las cuales manifestamos nuestra satisfacción, pide al resto de las centrales sindicales una reflexión en el mismo sentido, dado el enorme descontento existente en el sector por el
transcurso de las negociaciones de todo el colectivo, y por la insuficiencia de lo conseguido hasta ahora al respecto de las expectativas que había generadas en vigilancia para este Convenio Colectivo.

SÉPTIMO.- A efectos informativos, y a petición de la representación sindical se adjunta al Acta
tabla de retribuciones del colectivo de vigilancia, entregada en la reunión del 25 de noviembre de 2004 y no incluida en el Acta número 14 de dicha fecha.

OCTAVO.- Se fija la próxima reunión de la Comisión Negociadora del Convenio con carácter provisional para el martes 25 de enero a las 11.00 horas en la sede de APROSER.

Y no habiendo mas asuntos que tratar, siendo las 14:00 horas del día 18 de enero de 2005, se levanta la sesión, con la firma de los asistentes, en prueba de su conformidad con el contenido de la misma.




 ACTA Nº 21     13/01/2005 15:26  Fecha
Mensaje En Madrid, siendo las 17:30 horas del día 12 de enero de 2005, se reúnen en la sede social de
la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COMPAÑÍAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD
(APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los representantes de las
asociaciones empresariales, ACAES, AMPES, APROSER y FES, así como los representantes de
los sindicatos CCOO, CIG, UGT y USO, acordando lo siguiente:
PRIMERO.-. Reanudada la reunión, y tras diversos recesos, la representación empresarial y
los sindicatos UGT y USO alcanzan el principio de acuerdo para el personal de transporte de
fondos en los términos que a continuación se detallan:
1. Se crea un plus de actividad en el que se integra el plus de vehículo blindado, que se
suprime definitivamente. El plus de actividad queda fijado para el año 2.005 en las cuantías que
se detallan en las tablas incluidas en el punto número cinco. Este plus compensa las nuevas
actividades del sector del transporte de fondos en lo que se refiere a cajas de transferencia,
cajeros automáticos, centros comerciales, nueva gestión informática de las rutas y de la
metodología de atención al cliente, las modificaciones en la actividad derivada de la supresión
de sucursales del Banco de España y la creación de las S.D.A., según consta en el expositivo
tercero del Acta número 15 de la Comisión Negociadora del Convenio.
Los nuevos importes del plus de actividad para los años 2006, 2007 y 2008 para las categorías
de vigilante de seguridad conductor y vigilante de transporte se calcularán de acuerdo con la
siguiente fórmula:
Año 2006:
(Plus de actividad del año 2005 menos 10 euros)*IPC real del año 2005 + 18 euros
+Equivalente del Incremento según el IPC real año 2005 del plus de peligrosidad del ejercicio
2005 (129 euros)
Año 2007:
(Plus de actividad del año 2006 menos 18 euros)*IPC real del año 2006 + 25 euros
+Equivalente del Incremento según el IPC real año 2006 del plus de peligrosidad del ejercicio
2006 (129 euros)
Año 2008:
(Plus de actividad del año 2007 menos 25 euros)*IPC real del año 2007 + 60 euros
En relación con los contadores-pagadores, el plus de actividad se fija en 10 euros para el año
2005, 18 euros para el año 2006, 25 euros para el año 2007 y 60 euros para el año 2008.
2. El plus de peligrosidad se establece en la cuantía de 129 euros para los años 2005, 2006 y
2007, siendo revisado el año 2008 de acuerdo con el IPC real del año 2007.
3. Las horas extraordinarias laborables para el vigilante de seguridad conductor y el vigilante de
seguridad de transporte se incrementan en el primer año en el 2% y en el IPC real del ejercicio
anterior para los años 2006, 2007 y 2008. Las horas extraordinarias festivas se incrementarán
en el 4,40% para el año 2005 y en el IPC real del año anterior para los años 2006, 2007 y
2008.

Las horas extraordinarias para el contador-pagador tanto laborales como festivos se
incrementarán en el 4,40% para el ejercicio 2005 y el IPC real del ejercicio anterior para los
años 2006, 2007 y 2008.
A los efectos de garantizar los importes de este complemento, se considera necesario y
obligatorio que en el articulado se recoja el valor de la hora ordinaria de las diferentes
categorías de transporte de fondos que garantice la percepción legal de los importes
establecidos para las horas extraordinarias.
4. En lo que se refiere a los complementos de nocturnidad y antigüedad, se aplican los mismos
porcentajes acordados en vigilancia. La duración de la jornada anual de trabajo será de 1.788
horas los años 2005 y 2006 y de 1.782 horas los años 2007 y 2008.
5. Las cuantías de las remuneraciones se reflejan en las siguientes tablas:
VIGILANTE SEGURIDAD CONDUCTOR
AÑO 2005
A-REMUNERACIONES FIJAS importe meses/pagas TOTAL
Salario Base 865,55 15 12.983,25
Plus Transporte 68,50 15 1.027,50
Plus Vestuario 67,75 15 1.016,25
Plus Peligrosidad 129,00 15 1.935,00
Plus de actividad 89,60 15 1.344,00
SUBTOTAL 2 1.220,40 15 18.306,00
VIGILANTE SEGURIDAD TRANSPORTE
AÑO 2005
A-REMUNERACIONES FIJAS importe meses/pagas TOTAL
Salario Base 825,93 15 12.388,95
Plus Transporte 68,50 15 1.027,50
Plus Vestuario 67,75 15 1.016,25
Plus Peligrosidad 129,00 15 1.935,00
Plus de actividad 89,60 15 1.344,00
SUBTOTAL 2 1.180,78 15 17.711,70
CONTADOR-PAGADOR
AÑO 2005
A-REMUNERACIONES FIJAS importe meses/pagas TOTAL
Salario Base 725,72 15 10.885,80
Plus Transporte 68,50 15 1.027,50
Plus Vestuario 45,41 15 681,15
Plus de actividad 10,00 15 150,00
SUBTOTAL 2 849,64 15 12.744,56
3
SEGUNDO.- Por parte de la representación sindical de USO, y valorando positivamente el
principio de acuerdo alcanzado manifiesta que lo trasladará a los órganos competentes de la
organización sindical para su respuesta en la próxima reunión.
TERCERO.-. CC.OO, expone que ante la propuesta realizada por la parte empresarial y
teniendo en cuenta la evolución de los diferentes aspectos en la negociación, estudiará dicha
propuesta dando una contestación en la próxima reunión.
CUARTO.-. Por parte de la CIG ante el principio de acuerdo en Transporte de Fondos
alcanzado hoy entre las centrales sindicales UGT y USO y las patronales del sector, manifiesta
que considera ésta insuficiente, en cuanto a las posiciones sindicales iniciales mantenidas hasta
la última reunión del 28 de Diciembre. A pesar de esto, y tal y como ya hemos manifestado en
el Acta 17, seguimos considerando un agravio comparativo y una incoherencia sindical que
divide al colectivo de Vigilancia conseguir mejores incrementos para el subsector de transporte
que para el resto del colectivo. Asimismo, no entendemos que se llegue a este acuerdo sin
definir las características de este Plus y las consecuencia que en materia de jornada puede
conllevar a los trabajadores de transporte, a raíz de lo así manifestado por la patronal del
sector.
QUINTO.-. Por parte de UGT y USO se acuerda desconvocar movilizaciones y medidas de
presión que se mantenían hasta la fecha en el subsector del Transporte de Fondos.
SEXTO.- Se fija la próxima reunión de la Comisión Negociadora del Convenio con carácter
provisional para el martes 18 de enero a las 11.00 horas en la sede de APROSER.
Y no habiendo mas asuntos que tratar, siendo las 01:30 horas de la madrugada del jueves 13
de enero de 2005, se levanta la sesión, con la firma de los asistentes, en prueba de su
conformidad con el contenido de la misma.
POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:
ACAES:
D. MATÍAS PLAZA FRANCÉS
AMPES:
D. JUAN PEDRO DEL CASTILLO SERRANO
APROSER:
D. SANTIAGO GARCÍA GARCÍA
D. JUAN MANUEL HERNANZ GARCÍA
D. ISAAC MARTÍNEZ CARRASCAL
Doña RAQUEL RAMÍREZ OCHOA
FES:
D. ROBERTO BERMEJO GARCÍA
Doña VANESA GÓMEZ DÍAZ
D. JORGE RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
POR LA REPRESENTACION SINDICAL
CC.OO.:
D. ALEJANDRO GASTÓN GARCÍA DE JALÓN
D. TXOMIN MARAÑÓN MAROTO
D. JUAN FÉLIX MESA FERNÁNDEZ
D. GUSTAVO MORALES MARTÍN
D. JOSÉ A. ROLDÁN PÉREZ
D. JAVIER TORREJÓN MARTÍN
CIG:
D. ENRIQUE ALBOR RODRÍGUEZ
D. JOSÉ MANUEL CRESPO GARCíA (asesor)
D. ALBERTO DEL RÍO QUIROGA (asesor)
FEs-UGT:
D. ISIDRO CAMPOS NAVARRETE
D. JOSÉ MANUEL FERNÁNDEZ ALVAREZ
D. JOSÉ CARLOS FERNÁNDEZ-CID CASTAÑO
D. JULIÁN GARCÍA PARRILLA
D. MIGUEL ANGEL GONZÁLEZ DEL VAL
D. RAFAEL LÓPEZ GALLARDO
D. RAFAEL SALDAÑA ERUSTES
D. DAMIÁN SÁNCHEZ ANIORTE
D. FRANCISCO SÁNCHEZ GUTIÉRREZ
D. BENJAMÍN SÁNCHEZ SOBRINO
D. ANTONIO SOLANO BONILLA
FTSP-USO:
D. ANTONIO DUARTE ÁLVAREZ (asesor)
D. MARCELO GARCIA CONDE (asesor)
D. FERNANDO LAGO MOYA
D. RICARDO SANGINO REGAÑO



 ACTA N°20     29/12/2004 13:46  Fecha
Mensaje 1º.-Por parte de la representación empresarial se expone el añálisis de la última propuesta presentada por la representación sindical en la ruinión del día 21 de diciembre, teniendo como resultado que los incrementos de costes para las categorías de vigilante conductor, vigilante de seguridad de transporte y contador-pagador, son del 7,33%, 7,48% y 8,38% respectivamente para el primer año, y para el resto de años superiores a dos puntos sobre el IPC real para las dos primeras cartegorías y superiores en tres puntos sobre el IPC real para el contador-pagador.

Como consecuencia de esta valoración económica, la representación empresarial entiende que la propuesta sindical no puede ser aceptada, solicitando sea reconsiderada la misma, ya que no resulta justificado un incremento de costes en tales porcentajes, teniendo en cuenta los asumidos por esta parte el resto de los trabajadores, en todo caso superiores en punto y medio al IPC previsto para el año 2004.

2º.- Por parte de UGT se manifiesta que se mantiene en la propuesta de los sindicatos UGT. CC.OO y USO, recogida en el acta número 19, del 21 de diciembre.

3º.-Por parte de CC.OO se manifiesta que, teniendo en cuenta el desarrollo de la negociación colectiva y los últimos acontecimientos acaecidos en el sector, considera preciso realizar una consulta, tanto a los trabajadores del sector como al nivel interno, para marcar las líneas que seguirá esta organización en la Mesa de Negociación.

4º.-Por parte de USO manifiesta dos cuestiones. En primer lugar, que mantiene las medidas de presión acordadas por los sindicatos UGT, CC.OO y USO y, en segundo lugar, que dado el curso que ha tomado la negociación colectiva, esta central sindical, convocará en breves días a sus órganos competentes para decidir la posición que mantendrá en futuras reuniones de la Mesa Negociadora del Convenio.

5º.-Por parte de CIG se manifiesta que, a pesar de que nuestra central sindical ya ha manifestado su postura en reiteradas ocasiones, entiende como totalmente lógico y razonable que, en vista de los acontecimientos, se realice un receso en la negociación.

6º.-Se fija la próxima reunión de la Comisión Negociadora del Convenio para el miércoles 12 de enero a las 12.00 horas en la sede de APROSER.

Y no habiendo mas asuntos que tratar, se levanta la sesión, con la firma de los asistentes, en prueba de su conformidad con el contenido de la misma.



 ACTA Nº 19     23/12/2004 00:48  Fecha
Mensaje En Madrid, siendo las 12:00 horas del día 21 de diciembre de 2004, se reúnen en la sede social
de la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COMPAÑÍAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD
(APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los representantes de las
asociaciones empresariales, AMPES, APROSER y FES, así como los representantes de los
sindicatos CCOO, CIG, UGT y USO, acordando lo siguiente:

PRIMERO.- La representación empresarial ha valorado la propuesta sindical presentada en la
reunión del día 16 de diciembre de 2004, considerando que ésta supone un coste medio del
14,38%, razón por la cual entiende que es claramente inasumible, como ya se manifestó en
anteriores reuniones.

SEGUNDO.- La representación empresarial hace entrega de una nueva propuesta en los
siguientes términos:

En cuanto al resto de condiciones, la representación empresarial se remite a la propuesta
realizada el día 16 de diciembre de 2004.

TERCERO.- Tras un receso, y retomada la reunión a las 17.00 horas, la representación
sindical comunica verbalmente una nueva propuesta en los siguientes términos:
Aceptación del incremento de tablas de retribuciones en el 4,4% entregada por la
representación empresarial.
Consolidación de los pluses de peligrosidad y de vehículo blindado para el personal vigilante
de seguridad de transporte, vigilante de seguridad conductor y de transporte.
Creación de un plus de actividad consistente en el abono de 130 euros en la totalidad de
vigencia del Convenio a 4 años, con la siguiente distribución: 50% lineal repartido en partes
iguales en cada uno de los años (a razón de 16,25 euros/año) y 50% restante a distribuir a
criterio de la representación empresarial durante estos cuatro años.
Horas extraordinarias: incremento del 4,4% sobre el valor actual.
Respecto a los contadores-pagadores, les es aplicable el incremento del 4,4% en las
remuneraciones fijas, así como en las horas extraordinarias; en cuanto al plus de actividad,
se abonaría en los mismos importes anteriormente citados y con el mismo procedimiento
que se adopte.

CUARTO.- La representación de CIG manifiesta que, en relación a los incrementos económicos
solicitados en el día de hoy por los sindicatos UGT, CC.OO y USO, se adhiere a éstos, en los
mismos términos, insistiendo en la extensión de estos incrementos económicos al sector de
vigilancia.

QUINTO.- En respuesta a la propuesta presentada, y a la vista de los importes contenidos en
la misma, la representación empresarial entiende que aquella es de difícil o imposible
aceptación, sin perjuicio de una valoración más detallada y análisis correspondiente, siempre
con el propósito de alcanzar un acuerdo, proponiendo para su contestación la celebración de
una nueva reunión el próximo día 28 de diciembre.

SEXTO.- Las Centrales sindicales UGT, CC.OO y USO, ante las notificaciones de despido
efectuadas por la empresa STIV en la actividad de transporte de fondos, en clara represalia por
las medidas de presión acordados por los tres sindicatos en la negociación del Convenio,
manifiestan:
Que en toda negociación colectiva existen unas reglas no escritas sobre las que se viene
regulando toda negociación, y estas reglas entendemos que han sido violentadas al notificar
varios despidos al calor de las medidas de presión acordadas por los sindicatos.
Por todo ello solicitamos a la empresa STIV que tenga en consideración que introducir en el
marco de la negociación del Convenio medidas disciplinarias del calibre del despido, en nada
contribuye a la voluntad de negociar, y en este sentido confiamos en que dichas notificaciones
de despido sean dejadas sin efecto antes del día 24 de diciembre, fecha en la que pensamos
que ningún trabajador puede verse en situación de despido por desarrollar la lógica presión en
la negociación. Máxime, cuando en la sesión de hoy, los tres sindicatos, en muestra inequívoca
de nuestra obligación de agotar la negociación hemos valorado la nueva propuesta empresarial
en sus justos términos, proponiendo por nuestra parte una nueva propuesta sindical y
acordando la próxima reunión para el día 28 de diciembre.

SÉPTIMO.- La CIG solicita, en relación a los despidos de la empresa SITV de transporte de
fondos, que éstos sean readmitidos inmediatamente, entendiendo los mismos como una
represalia por parte de la patronal como consecuencia de la negociación del convenio colectivo.

OCTAVO- La representación empresarial, en cuanto a las manifestaciones contenidas en los
puntos sexto y séptimo por los diversos sindicatos presentes en la negociación, rechaza
cualquier conexión de las medidas disciplinarias adoptadas a que se hace referencia con la

negociación del Convenio Colectivo, por tratarse de unos hechos objetivos de claro
incumplimiento de las obligaciones contractuales. En el caso de relacionarse con la negociación
colectiva y, solicitarse su reconsideración, es exigible también a esa representación sindical,
sobre la base del principio de reciprocidad y coherencia, respete la normalidad laboral, tanto en
la empresa afectada por las medidas disciplinarias citadas, como en el resto de las empresas de
transporte de fondos, circunstancia que no se cumple en la actualidad, al dejarse, entre otras
obligaciones, de realizar servicios programados y no respetarse los horarios habituales del
transporte, ocasionando claros perjuicios a las empresas.

NOVENO.- Se fija la próxima reunión de la Comisión Negociadora del Convenio para el martes
28 a las 11.00 horas en la sede de APROSER.
Y no habiendo mas asuntos que tratar, se levanta la sesión, con la firma de los asistentes, en
prueba de su conformidad con el contenido de la misma.
POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:
AMPES:
Representada por D. ISAAC MARTÍNEZ CARRASCAL
APROSER:
D. SANTIAGO GARCÍA GARCÍA
D. ISAAC MARTÍNEZ CARRASCAL
Doña RAQUEL RAMÍREZ OCHOA
FES:
D. ROBERTO BERMEJO GARCÍA
Doña VANESA GÓMEZ DÍAZ
POR LA REPRESENTACION SINDICAL
CC.OO.:
D. MARIO JOSÉ ALONSO FERNÁNDEZ
D. ALEJANDRO GASTÓN GARCÍA DE JALÓN (asesor)
D. TXOMIN MARAÑÓN MAROTO
D. JUAN FELIX MESA FERNANDEZ
D. JULIÁN MONTES MATEO
D. GUSTAVO MORALES MARTÍN
D. JOSÉ ANTONIO ROLDÁN PÉREZ
D. JAVIER TORREJÓN MARTÍN
CIG:
D. JESÚS ALFONSÍN PUÑAL (asesor)
D. JOSÉ RAMÓN BREA CANEDA
D. XOSÉ ANXO VILAR CHENTO (asesor)
FEs-UGT:
D: FERMÍN ARGOMARIZ RODRÍGUEZ (asesor)
D. ISIDRO CAMPO NAVARRETE

D. JOSÉ MANUEL FERNÁNDEZ ALVAREZ
D. JULIÁN GARCÍA PARRILLA (asesor)
D. MIGUEL ANGEL GONZÁLEZ DEL VAL
D. RAFAEL SALDAÑA ERUSTES
D. DAMIÁN SÁNCHEZ ANIORTE
D. FRANCISCO SÁNCHEZ GUTIÉRREZ
D. BENJAMÍN SÁNCHEZ SOBRINO
FTSP-USO:
D. MARCELO GARCIA CONDE (asesor)
D. FERNANDO LAGO MOYA
D. RICARDO SANGUINO REGAÑO



 A C T A Nº 18     16/12/2004 20:04  Fecha
Mensaje En Madrid, siendo las 12:00 horas del día 16 de diciembre de 2004, se reúnen en la sede social de la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COMPAÑÍAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD (APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los representantes de las asociaciones empresariales, AMPES, APROSER y FES, así como los representantes de los sindicatos CCOO, CIG, UGT y USO, acordando lo siguiente:

PRIMERO.- La representación empresarial, en relación con la propuesta entregada (tabla de retribuciones) en la reunión del día 15 de diciembre, la complementa en los siguientes aspectos:

- El Plus de Actividad que figura en la tabla para los tres años restantes sería de 65 euros para el año 2.006, 70 euros para el año 2.007 y 75 euros para el año 2.008 para los vigilantes de seguridad conductor y vigilante de seguridad de transporte. Las cuantías aplicables al contador-pagador serán de 10 euros para el año 2005, 13 euros para el año 2006, 16 euros para el año 2007 y 19 euros para el año 2008.
- Debe valorarse el incremento asimismo el importe del Plus de Responsable de Equipo para aquellas personas que lo perciben, que se incrementará a partir del año 2.005 en el mismo porcentaje que lo hace el salario base de las categorías de vigilante de seguridad conductor (7,92%) y vigilantes de seguridad de transporte (8,31%), suponiendo esta variable un incremento en sus retribuciones de 0,52 puntos a añadir a los importes garantizados de tabla del 4,46% y 4,61% respectivamente.
- Teniendo en cuenta los distintos incrementos de coste de los colectivos de la tabla de retribuciones entregada, el incremento de coste para las empresas supone un 4,85% con respecto al año 2.004.
- Las horas extraordinarias se mantienen en los valores del año 2.004 durante el primer año de vigencia del Convenio y se actualizan de acuerdo con el IPC real menos un punto del año precedente para los años 2006, 2007 y 2008.
- Los incrementos de retribuciones fijos de tabla para los años 2006, 2007 y 2008 serán asimismo del IPC real del año precedente, con la distribución de conceptos que las partes acuerden en cada año.
- En lo que atiende a los complementos de nocturnidad y antigüedad se aplican los mismos porcentajes acordados en vigilancia.
La representación empresarial considera que la oferta presentada a la representación sindical supone una mejora en más de un punto sobre el IPC real interanual actual (superando asimismo la media de los Convenios colectivos firmados en otros sectores económicos por las mismas organizaciones sindicales partícipes en esta Mesa de Negociación), demostrando de esta manera el esfuerzo realizado en esta negociación si se tiene en cuenta la dificultad de repercusión de los costes asumidos por las empresas a sus clientes, teniendo igualmente presente la responsabilidad del mantenimiento de todos y cada uno de los puestos de trabajo, circunstancias todas ellas que entiende deberían ser valoradas positivamente por la representación sindical, de forma que pueda llevarnos a un acuerdo próximo, en los valores indicados.

SEGUNDO.- La representación de UGT, CC.OO y USO comunica verbalmente una propuesta para el colectivo de transporte de fondos en los siguientes términos:
- Incrementar todos los conceptos de la tabla salarial en un 4,4% para el año 2005
- Considerar la función de Responsable de Equipo como categoría laboral de jefe de Equipo o de dotación.
- Traslado al salario base del Plus de Vehículo Blindado y consolidación del Plus de Peligrosidad.
- Abono de un Plus de Actividad en quince pagas de 100 euros/paga para el año 2005, 125 euros/paga para el año 2006, 150 euros/paga para el año 2007 e IPC real del año anterior para el año 2008.
- Para el resto de los años, el incremento salarial será equivalente al IPC real del año anterior, excepto en lo que afecta al Plus de Actividad.

TERCERO.- La representación empresarial solicita un receso para valorar esta nueva propuesta de la representación sindical. Tras un análisis de la misma, pospone su contestación para una nueva reunión que tendría lugar el martes día 21 a las 11.00 horas en la sede de APROSER.

CUARTO.- Por parte de UGT se manifiesta la nula voluntad negociadora por parte de la patronal en lo referente a transporte de fondos. Por lo tanto, aun manteniendo la negociación abierta, y considerando que es preciso avanzar en la negociación para el resto de trabajadores, a excepción del transporte de fondos, entendemos que la negociación para este colectivo ha quedado bloqueada. Como consecuencia, el transporte de fondos hará las movilizaciones que considere oportunas.

QUINTO.- Por parte de CC.OO y USO, manifiestan que, aun constatando la falta de voluntad por parte de la patronal en la negociación del transporte de fondos, no consideran agotada la vía del diálogo, trasladándole a los órganos sindicales competentes y a los trabajadores de este subsector el estado actual de la negociación para que sean ellos quienes adopten las decisiones oportunas.

SEXTO.- La representación de CIG se reitera en los términos manifestados en la reunión del 15 de diciembre de 2004 y solicita la convocatoria conjunta de movilizaciones a todo el sector.
SÉPTIMO.- En relación con las manifestaciones anteriormente expuestas, la representación empresarial entiende que constituyen un juicio de valor no ajustado a la realidad en cuanto a la ausencia de voluntad negociadora por esta representación empresarial, como lo ha venido demostrando en el largo período transcurrido desde el pasado mes de julio, considerando que el presunto bloqueo a que se hace mención es, por el contrario, una postura unilateral injustificada de quien lo manifiesta, y nunca por causa de esta representación empresarial.
OCTAVO.- Se fija la próxima reunión de la Comisión Negociadora del Convenio para el martes 21 a las 11.00 horas en la sede de APROSER.
Y no habiendo mas asuntos que tratar, se levanta la sesión, con la firma de los asistentes, en prueba de su conformidad con el contenido de la misma.



 Acta Nº 17     16/12/2004 07:31  Fecha
Mensaje En Madrid, siendo las 16:00 horas del día 9 de diciembre de 2004, se reúnen en la sede social de la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COMPAÑÍAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD (APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los representantes de las asociaciones empresariales, AMPES, APROSER y FES, así como los representantes de los sindicatos CCOO, CIG, UGT y USO, acordando lo siguiente:

PRIMERO.- Ambas representaciones se ratifican en las propuestas respectivamente presentadas en la reunión del día 1 de diciembre de 2004, y acuerdan mantener una nueva reunión el jueves día 15 de diciembre a las 11:00 horas en la sede de APROSER.

SEGUNDO.- Reanudada la reunión el día 15 de diciembre de 2004, tras un nuevo intercambio de opiniones, la representación sindical solicita de la representación empresarial que ésta presente una nueva propuesta, a lo que la representación empresarial accede.

TERCERO.- Tras un receso, la representación empresarial hace entrega de una nueva propuesta en los siguientes términos:

CUARTO.- La representación sindical de UGT, CC.OO. y USO manifiesta que, respecto a la propuesta empresarial presentada en el día de hoy, tras un análisis inicial, se considera que ésta es totalmente inasumible, ya que no se modifican sustancialmente los términos de la propuesta empresarial presentada el 1 de diciembre. Por lo tanto, la representación sindical se mantiene en la propuesta presentada en la reunión del 29 de noviembre. Finalmente, la representación de UGT, CC.OO y USO afirma que cualquier manifestación sindical que no coincida con la arriba expresada, que es el sentir de la práctica totalidad de los trabajadores del sector, constituye pura demagogia sindical.

QUINTO.- La CIG entiende igualmente como insuficiente la propuesta entregada en el día de hoy por la representación empresarial. Asimismo, quiere incidir en que esta propuesta empresarial es en términos económicos similar a la ya acordada para el resto del sector por la representación empresarial y los sindicatos UGT, CC.OO y USO. Por lo tanto, la CIG considera un agravio comparativo y una incoherencia no mantener la misma postura sostenida por el resto de sindicatos presentes en la Mesa en transporte de fondos que la sostenida para las actividades de vigilancia, solicitando nuevamente que esta posición de transporte de fondos se extiende al conjunto del sector.

SEXTO.- Ambas partes acuerdan celebrar una nueva reunión el próximo jueves día 16 de diciembre a las 11.30 horas en la sede de APROSER.

Y no habiendo mas asuntos que tratar, se levanta la sesión, con la firma de los asistentes, en prueba de su conformidad con el contenido de la misma.


POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:

AMPES:
D. JUAN LUIS GARCÍA MARTÍN, el día 9 de diciembre de 2004

APROSER:
D. SANTIAGO GARCÍA GARCÍA
D. JUAN MANUEL HERNANZ GARCÍA, el día 15 de diciembre de 2004
D. ISAAC MARTÍNEZ CARRASCAL
Doña RAQUEL RAMÍREZ OCHOA

FES:
Doña VANESA GÓMEZ DÍAZ
D. JORGE RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, el día 9 de diciembre de 2004


POR LA REPRESENTACION SINDICAL

CC.OO.:
D. ALEJANDRO GASTÓN GARCÍA DE JALÓN
D. TXOMIN MARAÑÓN MAROTO, el día 9 de diciembre de 2004
D. JUAN FELIX MESA FERNANDEZ
D. JAVIER TORREJÓN MARTÍN
D. JOSÉ ANTONIO ROLDÁN PÉREZ, el día 15 de diciembre de 2004
D. JULIÁN MONTES MATEO, el día 15 de diciembre de 2004
D. MARIO JOSÉ ALONSO FERNÁNDEZ, el día 15 de diciembre de 2004

CIG:
D. ALBERTO DEL RÍO QUIROGA (asesor), el día 9 de diciembre de 2004
D. GUILLERMO GUIMAREY GARCÍA, el día 9 de diciembre de 2004
D. ANTONIO MONTESINOS RUIZ (asesor), el día 9 de diciembre de 2004
D. GUILLERME GUIMAREY GARCÍA (asesor), el día 15 de diciembre de 2004
D. ALEXANDRE ROA GARCÍA, el día 15 de diciembre de 2004
D. PAULO PAIO RUBIDO BARÁ (asesor), el día 15 de diciembre de 2004

FEs-UGT:
D. ISIDRO CAMPO NAVARRETE
D. JOSÉ MANUEL FERNÁNDEZ ALVAREZ
D. JOSÉ CARLOS FERNÁNDEZ-CID CASTAÑO
D. JULIÁN GARCÍA PARRILLA
D. MIGUEL ANGEL GONZÁLEZ DEL VAL
D. ANTONIO SOLANO BONILLA
D. DAMIÁN SÁNCHEZ ANIORTE, el día 15 de diciembre de 2004.
D. FRANCISCO SÁNCHEZ GUTIÉRREZ, el día 15 de diciembre de 2004.

FTSP-USO:
D. JESÚS CUARTERO CUARTERO, el día 9 de diciembre de 2004
D. ANTONIO DUARTE ALVAREZ (asesor)
D. MARCELO GARCIA CONDE (asesor), el día 9 de diciembre de 2004
D. FERNANDO LAGO MOYA
D. JOSÉ LUIS MÉNDEZ GONZÁLEZ, el día 15 de diciembre de 2004
D. RICARDO SANGUINO REGAÑO, el día 15 de diciembre de 2004




 ACTA nº 16     2/12/2004 00:25  Fecha
Mensaje En Madrid, siendo las 11:00 horas del día 1 de diciembre de 2004, se reúnen en la sede social de la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COMPAÑÍAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD (APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los representantes de las asociaciones empresariales, AMPES, APROSER y FES, así como los representantes de los sindicatos CCOO, CIG, UGT y USO, acordando lo siguiente:

PRIMERO.- Toma la palabra la representación empresarial para valorar la propuesta sindical incluida en el acta nº. 15, manifestando que el coste económico de cada una de las categorías supera el 15% para 2005, con respecto al año 2004, estando fuera de lugar cualquier negociación en estos términos, sin que existan causas que justifiquen esta pretensión.

A continuación, la representación empresarial hace la siguiente propuesta:
Retribuciones fijas: 4,4% en el año 2005 y en los años restantes el IPC real del año anterior.
Plus de Peligrosidad: en el año 2005 los mismos valores del año 2004 y en los años restantes el IPC real del año anterior.

Plus de Vehículo Blindado: Se revisará en el 3%, incorporándose al Plus de Actividad que a continuación se indica. Para los años restantes, el importe se incrementará en el IPC real.

Plus de Actividad: Este nuevo plus compensa aquellas actividades que hayan podido modificarse relativas a cajas de transferencia, cajeros automáticos, centros comerciales, nueva gestión informática de las rutas, etc., a que hace referencia la propuesta sindical. El importe de este plus, estaría compuesto por el importe del Plus de Vehículo Blindado anterior, con la revisión correspondiente que desaparecería como tal concepto, integrándose en aquél, más 15 euros/mes, por once mensualidades, durante el año 2005. Para los años 2006, 2007 y 2008, sería de 18, 21 y 24 euros, respectivamente, por lo que se refiere a las categorías de Vigilante de Seguridad Conductor y del Vigilante de Seguridad de transporte.

Para la categoría de Contadores-Pagadores se establece, asimismo, un Plus de Actividad equivalente a 9 euros/mes, por once mensualidades para el año 2005 y de 12,15 y 18 euros para los años 2006, 2007 y 2008, respectivamente.

Horas extraordinarias laborables y festivas: Para las categorías de Vigilante Seguridad Conductor y de Transporte, durante el año 2005 tendrán el mismo importe que el año 2004. Para los años restantes, el IPC real del año anterior menos un punto. Para los Contadores-Pagadores las horas extraordinarias durante el 2005 se revisarán en el 4%. Para los años restantes será el IPC real del año anterior.
El resto de conceptos, que sean comunes con vigilancia, (tales como nocturnidad y antigüedad), se revisarán de acuerdo con lo establecido en el Acta nº 14, así como la jornada anual, que será la establecida en dicha acta para cada uno de los años de vigencia del convenio, 2005/2008.

SEGUNDO.- Tras un receso solicitado por la representación social, UGT, CC.OO y USO entienden que es una propuesta, que no entramos a valorar, porque no se ajusta a la realidad del sector y nos ratificamos en el Acta nº. 15 y aclarando que en la misma el Plus de Actividad que se solicita es por 15 pagas, e instamos a la patronal a que presente una propuesta seria que podamos valorar y negociar.
La CIG se adhiere a la postura de los tres sindicatos y reitera su postura mantenida para todo el sector del Acta nº 13.

TERCERO.- Ante la manifestación realizada por los sindicatos UGT, CC.OO y USO, por la representación empresarial, se les invita, por la recíproca, a reconsiderar la modificación de su propuesta.

CUARTO.- Ambas partes acuerdan celebrar una nueva reunión el próximo jueves día 9 de diciembre a las 16 horas en la sede de APROSER.

Y no habiendo mas asuntos que tratar, se levanta la sesión, con la firma de los asistentes, en prueba de su conformidad con el contenido de la misma.
POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:
AMPES:
D. JUAN LUIS GARCÍA MARTÍN
APROSER:
D. SANTIAGO GARCÍA GARCÍA
D. ISAAC MARTÍNEZ CARRASCAL
Doña RAQUEL RAMÍREZ OCHOA
FES:
Doña VANESA GÓMEZ DÍAZ
POR LA REPRESENTACION SINDICAL
CC.OO.:
D. JULIÁN MONTES MATEO
D. JAVIER TORREJÓN MARTÍN
D. TXOMIN MARAÑÓN MAROTO
D. JUAN FELIX MESA FERNANDEZ
CIG:
D. JESÚS ALFONSÍN PUÑAL
D. ANTONIO MARAÑA FERNÁNDEZ
2
3D. ANTONIO MONTESINOS RUIZ
FEs-UGT:
D. ANTONIO SOLANO BONILLA
D. ISIDRO CAMPO NAVARRETE
D. JOSÉ CARLOS FERNÁNDEZ-CID CASTAÑO
D. JULIÁN GARCÍA PARRILLA
D. MIGUEL ANGEL GONZÁLEZ DEL VAL
D. DAMIÁN SÁNCHEZ ANIARTE
FTSP-USO:
D. FERNANDO LAGO MOYA
D. MARCELO GARCIA CONDE



 A C T A Nº 15     30/11/2004 14:43  Fecha
Mensaje A C T A Nº 15
En Madrid, siendo las 16:45 horas del día 29 de Noviembre de 2004, se reúnen en la sede
social de la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COMPAÑÍAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE
SEGURIDAD (APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los representantes de
las asociaciones empresariales, ACAES, AMPES, APROSER y FES, así como los representantes
de los sindicatos CCOO, CIG, UGT y USO, acordando lo siguiente:
PRIMERO.- Por acuerdo de ambas partes se determina que se continúe la negociación sobre
el colectivo del transporte de fondos y con posterioridad se aborde el resto de personal citado
en la última Acta (escoltas, explosivos, guardería, sistemas y personal de estructura).
SEGUNDO.- Por parte de la representación empresarial se realiza una exposición sobre la
situación del transporte de fondos con relación a condiciones de trabajo, horarios, rotación y
otros aspectos que diferencian positivamente a este colectivo en relación con el personal de
vigilancia. Igualmente, en cuanto a los aspectos económicos, es preciso destacar que en los
tres últimos años el personal de transporte de fondos ha tenido un incremento salarial medio
del 7,75% y el personal de contaje ha tenido un incremento del 9,7% en este mismo período.
En consecuencia, entiende que estos aspectos deben estar presentes por la representación
sindical a la hora de realizar una propuesta de revisión económica para los próximos cuatro
años.
TERCERO.- Efectuado un receso, por parte de U.GT., CC.OO. y U.S.O. se manifiesta que el
transporte de fondos ha evolucionado desde sus inicios, sin que esta circunstancia haya sido
compensada adecuadamente a los trabajadores. Por lo tanto, se realiza una propuesta por
parte de UGT, CCOO y USO en los siguientes términos:
Consolidación y traslado del plus de vehículo blindado y plus de peligrosidad al salario base,
para evitar encontrarnos en un futuro ante la misma situación que han sufrido los vigilantes
durante los últimos años.
Concesión de categoría a los actuales responsables de equipo, cambiando la denominación
a la de jefe de dotación.
Creación de un plus de actividad por un importe de 150 euros a percibirse por todo el
personal operativo de manipulado y transporte de fondos. Este plus compensaría las
nuevas actividades del sector (cajas de transferencias, cajeros automáticos, centros
comerciales, nueva gestión informática de las rutas y de la metodología de atención al
cliente, así como la desaparición del Banco de España y la creación de las S.D.A.)
El incremento salarial para todas las categorías de transporte de fondos será del 4,40%,
excepto para el personal de manipulado de fondos, para los que el incremento consistirá en
una subida lineal por el mismo importe que se incrementa al vigilante de seguridad de
transporte.
Para el resto de los años de vigencia del Convenio, el incremento será del I.P.C. real del
año anterior para los vigilantes del transporte y para los trabajadores de manipulado del
I.P.C. más un punto.
CUARTO.- La C.I.G. se adhiere a la propuesta de U.G.T., CC.OO. y U.S.O.
QUINTO.- Por parte de ambas representaciones se acuerda celebrar una nueva reunión el
miércoles día 1 de diciembre a las 11:00 horas en la sede de APROSER.

Y no habiendo mas asuntos que tratar se levanta la sesión, con la firma de los asistentes, en
prueba de su conformidad con el contenido de la misma.
POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:
ACAES:
Representada por D. JUAN PEDRO DEL CASTILLO SERRANO
AMPES:
D. JUAN PEDRO DEL CASTILLO SERRANO
D. JUAN LUIS GARCÍA MARTÍN
APROSER:
D. SANTIAGO GARCÍA GARCÍA
D. JUAN MANUEL HERNANZ GARCÍA
D. ISAAC MARTÍNEZ CARRASCAL
Doña RAQUEL RAMÍREZ OCHOA
FES:
Doña VANESA GÓMEZ DÍAZ
POR LA REPRESENTACION SINDICAL
CC.OO.:
D. JULIÁN MONTES MATEO
D. JAVIER TORREJÓN MARTÍN
D. TXOMIN MARAÑÓN MAROTO
D. MARIO JOSÉ ALONSO FERNÁNDEZ (asesor)
CIG:
D. JESÚS ALFONSÍN PUÑAL
D. ALBERTO DEL RÍO QUIROGA (asesor)
D. ANTONIO MONTESINOS RUIZ
FEs-UGT:
D. ISIDRO CAMPO NAVARRETE
D. JOSÉ CARLOS FERNÁNDEZ-CID CASTAÑO
D. JULIÁN GARCÍA PARRILLA
D. MIGUEL ANGEL GONZÁLEZ DEL VAL
D. DAMIÁN SÁNCHEZ ANIARTE
D. BENJAMÍN SÁNCHEZ SOBRINO
D. ANTONIO SOLANO BONILLA
FTSP-USO:
D. ANTONIO DUARTE ALVAREZ (asesor)
D. FERNANDO LAGO MOYA (asesor)
D. JOSÉ MARTÍNEZ LORENTE
D. RICARDO SANGUINO REGANO



 A C T A Nº 14     25/11/2004 20:33  Fecha
Mensaje En Madrid, siendo las 11:00 horas del día 25 de Noviembre de 2004, se reúnen en la sede
social de la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COMPAÑÍAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE
SEGURIDAD (APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los representantes de
las asociaciones empresariales, ACAES, AMPES, APROSER y FES, así como los representantes
de los sindicatos CCOO, CIG, UGT y USO, acordando lo siguiente:
PRIMERO.- Por parte de la representación empresarial se presenta una nueva propuesta
económica en los siguientes términos:
Vigilantes de seguridad de servicios de vigilancia.
Duración del Convenio: 4 años (1 de enero del 2005 al 31 de diciembre del 2008)
Primer año:
Incremento de tablas 4,4%
Retribuciones variables: horas nocturnas (4,55%); horas festivas (4,23%)
Plus peligrosidad: a) para los trabajadores que tuvieran reconocida la categoría
laboral de vigilante jurado antes del 1.1.1994 y continuaran en alta en la empresa:
garantía de cobro a los que lo han percibido en su totalidad de forma
ininterrumpida durante los dos últimos años anteriores al 30.6.2004; b) A quienes
tuvieran reconocida la categoría laboral de vigilante jurado antes del 1.1.1994 y
continuaran en alta en la empresa y no lo perciben o lo perciben parcialmente en
la actualidad, se garantiza 43 euros que serán absorbidos en el supuesto de que
realicen servicios con arma que superen esta cuantía. Es decir, se le abonará
únicamente la cuantía mayor de las dos. Asimismo, aquellos vigilantes a quienes
se garantiza tal percepción no podrán rehusar el requerimiento por parte de la
empresa para realizar la jornada de trabajo con arma, bajo condición de pérdida
de la cuantía correspondiente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 41 del
Estatuto de los Trabajadores. Este plus se garantizará igualmente en el supuesto
del personal en excedencia que cumpla el condicionado de este apartado b).
Plus de peligrosidad mínimo garantizado para los vigilantes sin arma: 9 euros.
De realizar parte de su servicio con arma, y ser la cuantía retribuida por este
concepto superior a 9 euros, percibirá únicamente la cuantía mayor de las dos.
Plus peligrosidad: cuantía máxima de 129 euros tanto para los trabajadores
anteriores como posteriores a 1.994 que realicen el servicio con arma o se les
haya garantizado según redacción anterior, sin que por ello sea acumulable a las
cuantías previstas en los dos párrafos anteriores.
El plus de peligrosidad en todos los supuestos previstos se abonará en quince
pagas.
Horas extraordinarias: mismo valor año 2004
Jornada: 1.788 horas
Resto de conceptos: IPC real salvo seguro colectivo de accidentes que será el
2%.
Segundo año:
Incremento de tablas: IPC real con el reparto por conceptos que se acuerde.
Retribuciones variables: horas nocturnas y festivas al 4%.
Plus de peligrosidad para los trabajadores VJ del supuesto recogido en el
primer año: 86 euros con las mismas condiciones establecidas en el primer año.
Siempre será únicamente la cantidad mayor, comparada con las horas realizadas
con arma o el plus de peligrosidad garantizado (86 euros)
2
Plus de peligrosidad mínimo garantizado para los vigilantes sin arma: 12 euros.
De realizar parte de su servicio con arma, y ser la cuantía retribuida por este
concepto superior a 12 euros, percibirá únicamente la cuantía mayor de las dos.
Plus peligrosidad: 129 euros de cuantía máxima, con el mismo condicionante
aplicable al primer año.
Horas extraordinarias: IPC real menos un punto.
Jornada: 1.788 horas
Resto de conceptos: IPC real salvo seguro colectivo de accidentes que será el
2%.
Tercer año:
Incremento de tablas: IPC real con el reparto de conceptos que se acuerde.
Retribuciones variables: horas nocturnas y festivas al 4%
Plus de peligrosidad para los trabajadores VJ del supuesto recogido en el
primer año: 129 euros con el mismo condicionante anterior.
Plus de peligrosidad mínimo garantizado para los vigilantes sin arma: 15 euros.
De realizar parte de su servicio con arma, y ser la cuantía retribuida por este
concepto superior a 15 euros, percibirá únicamente la cuantía mayor de las dos.
Horas extraordinarias: IPC real menos un punto
Jornada: 1.782 horas (reducción de 6 horas anuales)
Resto de conceptos: IPC real salvo seguro colectivo de accidentes que será el
2%.
Cuarto año:
Incremento de tablas: IPC real con el reparto de conceptos que se acuerde.
Retribuciones variables: horas nocturnas y festivas al 4%
Plus de peligrosidad: 129 euros + IPC real
Plus de peligrosidad mínimo garantizado para los vigilantes sin arma: 18 euros.
De realizar parte de su servicio con arma, y ser la cuantía retribuida por este
concepto superior a 18 euros, percibirá únicamente la cuantía mayor de las dos.
Horas extraordinarias: IPC real menos un punto
Jornada: 1.782 horas
Plus de radioscopia por valor de 30 euros por 11 mensualidades para aquellos
trabajadores que presten su servicio con escáner, previo curso de formación
básica. El cálculo se realizará por hora real trabajada en estos servicios.
Resto de conceptos: IPC real salvo el seguro colectivo de accidentes que
quedará congelado en las cuantías del tercer año.
Esta parte considera necesario y obligatorio que en el articulado se recoja la fórmula del valor
de la hora ordinaria que garantice la percepción legal de los importes establecidos para las
horas extraordinarias.
Resto de categorías.
El incremento del resto de categorías será el IPC real del año anterior, con la excepción de los
mandos intermedios, para quienes el incremento será del 10% para el año 2005 y del IPC real
los tres años restantes de vigencia del Convenio.
SEGUNDO.-. Tras un receso, las representaciones de CCOO, UGT y USO manifiestan que
valoran positivamente la propuesta empresarial, en la cual ha sido recogida la reivindicación
que en la reunión del día 24 de noviembre se expresó como irrenunciable por la representación
sindical, en el sentido de establecer un mínimo garantizado en concepto de plus de peligrosidad
con importe de 18 euros durante la vigencia del Convenio, único tema que distanciaba las
posturas anteriores, motivo por el cual dichas centrales sindicales aceptan como principio de
acuerdo la propuesta expresada anteriormente.
Igualmente, CC.OO, UGT y USO manifiestan que el principio de acuerdo alcanzado afecta
exclusivamente a los vigilantes de seguridad de los servicios de vigilancia, proponiendo 3
continuar la negociación para el resto de colectivos: transportes de fondos, vigilantes de
explosivos, guardas particulares de campo, escoltas y personal de sistemas y estructura.
En consecuencia, dichas centrales sindicales proceden a desconvocar en dicho acto la
movilización iniciada consistente en la no realización de horas extraordinarias, solicitando al
conjunto de trabajadores del sector la normalidad en la prestación del servicio.
TERCERO.- Por parte de la C.I.G. se muestra su disconformidad con el acuerdo adoptado
debido a que no recoge los parámetros económicos fijados en el Acta número 10 por todos los
sindicatos integrantes de la representación sindical, toda vez que el incremento es menor tanto
en la nocturnidad como en la festividad, se renuncia al plus de turnicidad, se renuncia al plus
de radioscopia recogido en el Acta número 10, y se incrementa un año más el ámbito de
vigencia del Convenio. Asimismo, otros aspectos importantes recogidos en el Acta número 6
como demanda conjunta de todas las centrales sindicales quedan ignorados, tales como la
cotización del plus de transporte y vestuario, la ampliación de cobertura por incapacidad
temporal, etc. Por último, la C.I.G. manifiesta su satisfacción por el reconocimiento del plus de
peligrosidad pero entiende que es claramente insuficiente y discriminatorio entre aquellos
vigilantes con antigüedad reconocida en la empresa hasta el 1.1.1994 y los posteriores a dicha
fecha, poniendo como ejemplo que aquellos vigilantes cuya relación laboral se interrumpió por
causas ajenas a ellos antes del 1.1.1994 así como aquellos vigilantes que prestan servicio con
arma tras el 1.1.994 y que perdieron el uso del arma no percibirán el plus de peligrosidad en la
misma cuantía que los vigilantes con arma anteriores al 1.1.1994.
CUARTO.- Por parte de CC.OO. UGT y USO, ante la redacción dada por los compañeros de la
C.I.G. deben precisar que en absoluto se ha renunciado a nada, sino que se ha mejorado lo
que se ha podido, pero sin suprimir ningún derecho ni nada de lo ya existente en el Convenio, y
en este sentido daremos una más amplia respuesta sindical a esta cómoda posición de sostener
que todo es insuficiente.
QUINTO.- Por la representación empresarial se considera positivo el principio de acuerdo
alcanzado por ambas partes, y se acepta continuar las negociaciones en relación con los
colectivos citados en el párrafo segundo del punto segundo, quedando citadas ambas partes a
las 16:00 horas del lunes 29 de noviembre en la sede de APROSER.
Y no habiendo mas asuntos que tratar se levanta la sesión, con la firma de los asistentes, en
prueba de su conformidad con el contenido de la misma.
POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:
ACAES:
Representada por D. JUAN PEDRO DEL CASTILLO SERRANO
AMPES:
D. JUAN PEDRO DEL CASTILLO SERRANO
APROSER:
D. SANTIAGO GARCÍA GARCÍA
D. JUAN MANUEL HERNANZ GARCÍA
D. ISAAC MARTÍNEZ CARRASCAL
Doña RAQUEL RAMÍREZ OCHOA
FES:
D. ROBERTO BERMEJO GARCÍA
Doña VANESA GÓMEZ DÍAZ
4
POR LA REPRESENTACION SINDICAL
CC.OO.:
D. JULIÁN MONTES MATEO
D. JAVIER TORREJÓN MARTÍN
D. TXOMIN MARAÑÓN MAROTO
D. JUAN FÉLIX MESA FERNÁNDEZ
D. MARIO JOSÉ ALONSO FERNÁNDEZ (asesor)
CIG:
D. ROBERTO ALONSO IGLESIAS
D. JOSÉ RAMÓN BREA CANEDA (asesor)
FEs-UGT:
D. ISIDRO CAMPO NAVARRETE
D. JOSÉ MANUEL FERNÁNDEZ ALVAREZ
D. JOSÉ CARLOS FERNÁNDEZ-CID CASTAÑO (asesor)
D. JULIÁN GARCÍA PARRILLA (asesor)
D. DIEGO GIRÁLDEZ GEREZ
D. MIGUEL ANGEL GONZÁLEZ DEL VAL
D. RAFAEL LÓPEZ GALLARDO
D. FRANCISCO SÁNCHEZ GUTIÉRREZ
D. BENJAMÍN SÁNCHEZ SOBRINO
D. ANTONIO SOLANO BONILLA
D. RAFAEL SALDAÑA ERUSTES
D. JOSÉ LUIS SANTOS VICENTE
FTSP-USO:
D. EDUARDO CABRERA ESCOTS
D. ANTONIO DUARTE ALVAREZ
D. MARCELO GARCÍA CONDE (asesor)
D. FERNANDO LAGO MOYA (asesor)
D. JOSÉ MARÍA LÓPEZ NOA



 A C T A Nº 13     25/11/2004 16:16  Fecha
Mensaje En Madrid, siendo las 11:00 horas del día 23 de Noviembre de 2004, se reúnen en la sede social de la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COMPAÑÍAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD (APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los representantes de las asociaciones empresariales, ACAES, AMPES, APROSER y FES, así como los representantes de los sindicatos CCOO, CIG, UGT y USO, acordando lo siguiente:
PRIMERO.- Se inicia la reunión guardándose cinco minutos de silencio por parte de los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio en memoria de Guillermo García Martínez, trabajador de Prosegur Transporte de Valores fallecido en accidente de tráfico de un furgón blindado en la delegación de Almería, acordándose transmitir las condolencias a su familia y compañeros de trabajo.
SEGUNDO.-. Tras recordarse por parte de la representación empresarial los términos del contenido del Acta de la anterior reunión de la Comisión Negociadora del Convenio, por parte de CCOO-UGT-USO se reiteran verbalmente en los término de su propuesta.
TERCERO.- Por parte de la C.I.G. se entrega por escrito un estudio económico de la propuesta detallada de la CIG para el cobro del Plus de Peligrosidad por todos los vigilantes, entendiendo asimismo que la peligrosidad es algo inherente a la naturaleza de la profesión del vigilante sea cual sea la función a desempeñar.
Se propone por la CIG percibir este plus gradualmente en 4 años, incrementando el salario base con un 25% de este plus en cada año. A este plus se le aplicaría la subida del 5%, anualmente, igual que para el resto de conceptos tal y como viene reflejado en el acta numero 10. La subida anualmente representaría económicamente lo siguiente :
1º año : 34,58 * 15 pagas : 518,7 euros anuales. (3,75 % de incremento salarial).
2º año : 72,61 * 15 pagas : 1.089,15 euros anuales. (7,50 % de incremento salarial).
3º año : 114,36 * 15 pagas : 1.715,4 euros anuales. (11,25 % de incremento salarial).
4º año : 160,10 * 15 pagas : 2.401,5 euros anuales. (15 % de incremento salarial).
A estos cálculos aquí realizados hay que añadir las siguientes salvedades y su manera de compensación:
- Según datos manejados por las propias patronales del sector, en estos momentos cuando menos un 8% del sector ya está percibiendo este Plus. Esto significa que a la subida del 3,75% propuesta para el primer año de equiparación de este plus a todos los vigilantes correspondería restarle un 8%, quedando por lo tanto en un 3,45% para el primer año, en un 6,9% para el segundo año, en un 10,35% para el tercero y para el cuarto en un 13,8%.
- Para compensar este aumento salarial que no podemos dejar de reconocer como notable, la CIG propone nuevos valores para las horas extraordinarias. Las patronales del sector son las que aportan el dato que como promedio cada trabajador realiza 40 horas extras al mes. La reducción en los costes salariales del sector los efectuamos en base a una reducción de la hora extra en su valor, teniendo en cuenta que el incremento solicitado de la parte social es, recordemos, del 5% para todos los conceptos.
Desglosado anualmente la reducción seria la siguiente :
- 1º año. Valor hora extra previsto : 7,45 euros.
- Valor hora propuesto por la CIG : 6,80 euros.
- Reducción del coste previsto sobre el total económico anual : 2,25%
- 2º año. Valor hora previsto : 7,82 euros.
- Valor hora propuesto por la CIG : 6,80 euros.
- Reducción del coste previsto sobre el total económico anual : 3,37%
- 3º año. Valor hora previsto : 8,21 euros.
- Valor hora propuesto por la CIG : 7,10 euros.
- Reducción del coste previsto sobre el total económico anual : 3,49%
- 4º año. Valor hora previsto : 8,62 euros.
- Valor hora propuesto por la CIG : 7,50 euros.
- Reducción del coste previsto sobre el total económico anual : 3,35%
Por lo tanto, la subida real del total seria la que sigue para conseguir la equiparación de este Plus :
1º año : 1,2% de incremento salarial.
2º año : 3,53% de incremento salarial.
3º año : 6,86% de incremento salarial.
4º año : 10,45% de incremento salarial.
La propuesta del sindicato CIG no es finalista ni definitiva, si no un ejemplo expositivo de una salida razonable al problema del Plus de Peligrosidad, asumible por las patronales del sector y, por lo tanto, una base para la negociación si las partes lo estiman oportuno.
CUARTO.- Tras las diversas reuniones celebradas durante los días 23 y 24 de noviembre de 2004, la representación empresarial hace entrega de una propuesta en los siguientes términos:
Duración del Convenio: 4 años
Primer año: Incremento de tablas 4,5%
Retribuciones variables: horas nocturnas (4,5%); horas festivas (4,23%)
Plus peligrosidad para los trabajadores VJ de alta en la empresa antes del 1.1.1994: garantía a los que lo han percibido durante los dos últimos años al 30.6.2004. A quienes no lo perciben en la actualidad, se garantiza 43 euros que serán absorbidos en el supuesto de que realicen servicios con arma que superen esta cuantía. Es decir, se le abonará la cuantía mayor de las 2.
Horas extraordinarias: 2,11%.
Jornada: 1.788 horas
Plus peligrosidad: cuantía máxima de 129 euros tanto para los trabajadores anteriores como posteriores a 1.994 que realicen el servicio con arma o se les haya garantizado según redacción anterior.
Resto de conceptos: IPC real salvo seguro colectivo de accidentes que será el 2%.
Segundo año: Incremento de tablas: IPC real con el reparto por conceptos que se acuerde.
Retribuciones variables: horas nocturnas y festivas al 4%.
Plus de peligrosidad para los trabajadores VJ del supuesto recogido en el primer año: 86 euros con el mismo condicionante anterior. Siempre será la cantidad mayor comparada con las horas realizadas con arma o el plus de peligrosidad garantizado (86 euros)
Horas extraordinarias: IPC real menos un punto.
Jornada: 1.788 horas
Plus peligrosidad: 129 euros de cuantía máxima.
Resto de conceptos: IPC real salvo seguro colectivo de accidentes que será el 2%.
Tercer año: Incremento de tablas: IPC real con el reparto de conceptos que se acuerde.
Retribuciones variables: horas nocturnas y festivas al 4%
Plus de peligrosidad para los trabajadores VJ del supuesto recogido en el primer año: 129 euros on el mismo condicionante anterior.
Horas extraordinarias: IPC real menos un punto
Jornada: 1.782 horas (reducción de 6 horas anuales)
Resto de conceptos: IPC real salvo seguro colectivo de accidentes que será el 2%.
Cuarto año: Incremento de tablas: IPC real con el reparto de conceptos que se acuerde.
Retribuciones variables: horas nocturnas y festivas al 4%
Plus de peligrosidad: 129 euros + IPC real
Horas extraordinarias: IPC real
Jornada: 1.782 horas
Plus de radioscopia por valor de 30 euros por 11 mensualidades para aquellos trabajadores que presten su servicio con escáner previo curso de formación básica. El cálculo se realizará por hora real trabajada en estos servicios.
Resto de conceptos: IPC real salvo el seguro colectivo de accidentes que quedará congelado en las cuantías del tercer año.
Asimismo, esta parte considera necesario que en el articulado se recoja la fórmula del valor de la hora ordinaria que garantice la percepción de los anteriores conceptos.
La representación empresarial entiende que esta propuesta supone una considerable mejora en relación con todas las anteriores, que recoge la práctica totalidad de las peticiones formuladas por la representación sindical, en particular el reconocimiento del plus de peligrosidad a los trabajadores anteriores al 1.1.1994, que lo perdieron a lo largo de estos años.
QUINTO.- Por la representación sindical de UGT-CCOO-USO, la nueva propuesta de las Patronales, si bien es superior a todas las anteriores, la consideramos totalmente insuficiente, más por el planteamiento que por los costes económicos. En este sentido, hemos venido manifestando reiteradamente que la solución para este Convenio Colectivo ha de pasar forzosamente por el tratamiento del plus de peligrosidad.
Valorando en sus justos términos la aceptación empresarial de la propuesta sindical, en el ámbito de los VVSS la antigüedad anterior al 1.1.1994, entendemos irrenunciable abrir la vía de la progresividad en la total equiparación del Plus de Peligrosidad, que por su actual cuantía, supone una diferencia del 15% de las retribuciones del personal del Subsector de Vigilancia.
En consecuencia, insistimos en nuestra propuesta formulada en la reunión de ayer, día 23, de garantizar un mínimo de 18 euros para todos los vigilantes, con independencia de que porten o no el arma reglamentaria. En estos términos, los Sindicatos entenderíamos una solución factible, sin conflicto sindical, del tratamiento del Plus de Peligrosidad, sin que ello se efectúe en detrimento del incremento general del Convenio, dado el último dato producido con el IPC del mes de octubre, que pensamos que va a llevar al IPC anual en torno al 3,5% para este año 2.004.
También consideramos que, como en anteriores negociaciones, los costes superiores al IPC real, básicamente, pueden ser repercutidos y trasladados a los respectivos clientes de la seguridad privada en el primer año de la vigencia del convenio, y en base a ello, proponemos combinar los costes de incremento que se derivan de nuestras propuestas, sustancialmente por encima del parámetro del IPC real previsible para el 2004, con el resto de años de la vigencia del Convenio que finalmente se pacte.
Por todo ello, proponemos un incremento para el 2.005 del 4,5% en tablas, en la creencia que con este incremento se garantiza un punto por encima del IPC, la progresiva devolución en tres años del Plus para quienes lo tenían y lo perdieron, la consolidación para quienes lo venían percibiendo, garantizar un mínimo de 18 euros para el resto de la vigilancia en concepto de Plus de Peligrosidad, establecer la jornada mensual en las 162 horas y 1.782 horas anuales y ampliar el abono del Plus de Radioscopia para todos los vigilantes de seguridad que presten este tipo de servicios.
SEXTO.- Por parte de C.I.G. se considera totalmente insuficiente para las aspiraciones del sector la propuesta económica nueva de las patronales, ya que es inferior a lo expresado por la representación sindical en el Acta número 10. Asimismo, se reitera en su petición del cobro del plus de peligrosidad para todos los vigilantes de seguridad.
SÉPTIMO.- Siendo las 15:00 horas del día 24 de noviembre, se acuerda por ambas partes continuar las negociaciones el próximo jueves día 25 a las 11 horas en la sede de APROSER.
Y no habiendo mas asuntos que tratar se levanta la sesión, con la firma de los asistentes, en prueba de su conformidad con el contenido de la misma.
POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:
ACAES:
D. MATÍAS PLAZA FRANCÉS (día 23 de noviembre)
AMPES:
D. JUAN PEDRO DEL CASTILLO SERRANO (día 24 de noviembre)
Representada por D. MATÍAS PLAZA FRANCÉS (día 23 de noviembre)
APROSER:
D. SANTIAGO GARCÍA GARCÍA
D. JUAN MANUEL HERNANZ GARCÍA (día 23 de noviembre)
D. ISAAC MARTÍNEZ CARRASCAL
FES:
D. ROBERTO BERMEJO GARCÍA (día 23 de noviembre)
D. CARMELO CAREAGA ESPINOSA (asesor) (día 23 de noviembre)
Doña VANESA GÓMEZ DÍAZ
D. JORGE RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ (día 24 de noviembre)
POR LA REPRESENTACION SINDICAL
CC.OO.:
D. ALEJANDRO GASTÓN GARCÍA DE JALÓN (sólo el 23 de noviembre)
D. JULIÁN MONTES MATEO (asesor)
D. JOSÉ ANTONIO ROLDÁN PÉREZ (sólo el 23 de noviembre)
D. JAVIER TORREJÓN MARTÍN (sólo el 23 de noviembre)
D. MARIO JOSÉ ALONSO FERNÁNDEZ
D. JUAN FÉLIX MESA FERNÁNDEZ (sólo el 23 de noviembre)
CIG:
D. JOSÉ MANUEL CRESPO GARCÍA (sólo el día 23 de noviembre)
D. ALBERTO DEL RÍO QUIROGA (asesor)
D. PAULO PAIO RUBIDO BARA (asesor)
FEs-UGT:
D. ISIDRO CAMPOS NAVARRETE (sólo el día 23 de noviembre)
D. JOSÉ MANUEL FERNÁNDEZ ALVAREZ
D. JOSÉ CARLOS FERNÁNDEZ-CID CASTAÑO (asesor)
D. JULIÁN GARCÍA PARRILLA (asesor)
5
D. MIGUEL ANGEL GONZÁLEZ DEL VAL
D. SERGIO PICALLO GONZÁLEZ (asesor) (sólo el día 24 de noviembre)
D. FRANCISCO SÁNCHEZ GUTIÉRREZ
D. BENJAMÍN SÁNCHEZ SOBRINO
D. ANTONIO SOLANO BONILLA (sólo el día 23 de noviembre)
D. RAFAEL SALDAÑA ERUSTES
D. JOSÉ LUIS SANTOS VICENTE
FTSP-USO:
D. ANTONIO DUARTE ÁLVAREZ (asesor)
D. JOSÉ MANUEL GUILLÉN REY
D. EMILIANO JIMÉNEZ HERNÁNDEZ (sólo el día 24 de noviembre)
D. FERNANDO LAGO MOYA
D. MARCELO GARCIA CONDE (asesor) (sólo el día 23 de noviembre)




 ACTA N° 12     18/11/2004 23:51  Fecha
Mensaje En Madrid, siendo las 12:00 horas del día 18 de Noviembre de 2004, se reúnen en la sede social de la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COMPAÑÍAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD (APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los representantes de las asociaciones empresariales, ACAES, AMPES, APROSER y FES, así como los representantes de los sindicatos CCOO, CIG, UGT y USO, acordando lo siguiente:
PRIMERO.- Iniciada la reunión los sindicatos UGT, CC.OO y USO se ratifican en el contenido de la propuesta presentada en el acta nº. 10.
Como contestación a la aclaración solicitada por la patronal, con respecto al cobro del plus de peligrosidad para los vigilantes anteriores a 1994, estos sindicatos entendemos, que debemos consensuar fórmulas que lleven de forma progresiva al cobro de este complemento por todos los trabajadores, pero que siendo conscientes del valor económico que significaría y atendiendo a la petición patronal de eliminar la Disposición Adicional del uso de arma, podemos y debemos garantizar, que a ningún trabajador le suponga la firma de un convenio la posibilidad de perder parte de su retribución actual y que estos se conseguirían, en gran parte, con la consolidación del citado plus a todos los vigilantes, anteriores al año 1994 que lo cobran en la actualidad. Por otra parte, y siendo conscientes de que existen compañeros que perdieron en su día este complemento y continúan en el sector, antes de quitar esta Disposición Adicional, debemos devolverle el cobro total del complemento, admitiendo que podemos utilizar la duración del convenio para fraccionar esta devolución.
Por parte la CIG, se ratifica en su posición de que el plus de peligrosidad se perciba para todos los vigilantes independientemente de su antigüedad. Conscientes del elevado coste que esto supone para las patronales del sector y para no caer en posiciones maximalistas se propone compensar este esfuerzo económico con la congelación o reducción del actual precio establecido para la hora extraordinaria comprometiéndose a traer a la próxima reunión un estudio económico que concrete esta propuesta.
En cuanto a los otros aspectos de la propuesta social nos ratificamos en lo expuesto en el acta nº. 10.
SEGUNDO.- La representación empresarial, en contestación a la manifestación anterior de la representaciones sindicales, se ratifica, asimismo, en su propuesta comunicada del pasado día 11 de noviembre con el compromiso de estudiar la propuesta que le plantee la representación sindical, debidamente cuantificada sobre la consolidación del plus de peligrosidad de los trabajadores que tuvieran reconocida la categoría de vigilante jurado con anterioridad al 01.01.1994 y continuaran en activo en la empresa, distinguiendo los colectivos que se encuentran en esta situación, que vienen percibiendo el plus, y los que no lo perciben.
Asimismo, se recuerda la necesidad de hacer constar la fórmula del valor de hora ordinaria de las distintas categorías a las que afecta el convenio, al carecer el presente de aquel valor.
Con respecto a la propuesta del plus de peligrosidad de la CIG, manifestar, que la misma no puede ser aceptada por esta representación empresarial, ya que comportaría reconocer que el plus de peligrosidad no es un complemento de puesto de trabajo sino de carácter fijo, premisa que no guarda relación con su naturaleza.
1
TERCERO.- Se acuerda por ambas partes continuar las negociaciones el próximo martes día 23 a las 11 horas en la sede de APROSER.
Y no habiendo mas asuntos que tratar se levanta la sesión, con la firma de los asistentes, en prueba de su conformidad con el contenido de la misma.
POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:
ACAES
D. FERNANDO RICONDO SALVARREY
D. MATÍAS PLAZA FRANCÉS
AMPES
D. JUAN PEDRO DEL CASTILLO SERRANO
D. LUIS GARCIA ECHEVARRIA
APROSER:
D. SANTIAGO GARCÍA GARCÍA
D. ISAAC MARTÍNEZ CARRASCAL
FES:
D. JORGE RODRÍGUEZ RODRIGUEZ
Doña VANESA GÓMEZ DÍAZ
D. CARMELO CAREAGA ESPINOSA (asesor)
POR LA REPRESENTACION SINDICAL
CC.OO.:
D. ALEJANDRO GASTÓN GARCÍA DE JALÓN
D. TXOMIN MARAÑÓN MAROTO
D. JULIÁN MONTES MATEO (asesor)
D. JOSÉ ANTONIO ROLDÁN PÉREZ
D. JAVIER TORREJÓN MARTÍN
D. MARIO JOSÉ ALONSO FERNÁNDEZ
D. JUAN FÉLIX MESA FERNÁNDEZ
CIG:
D. JOSÉ MANUEL CRESPO GARCÍA
D. ALBERTO DEL RÍO QUIROGA (asesor)
D. PAULO PAIO RUBIDO BARA (asesor)
FEs-UGT:
D. ISIDRO CAMPO NAVARRETE
D. JOSÉ CARLOS FERNÁNDEZ-CID CASTAÑO
D. JULIÁN GARCÍA PARRILLA
D. FRANCISCO SÁNCHEZ GUTIÉRREZ
D. BENJAMÍN SÁNCHEZ SOBRINO
D. ANTONIO SOLANO BONILLA
D. RAFAEL SALDAÑA ERUSTES
D.JOSE LUIS SANTOS VICENTE
23
FTSP-USO:
D. ANTONIO DUARTE ÁLVAREZ (asesor)
D. JUAN CARLOS LÓPEZ REYES
D. JOSE LUIS MENDEZ GONZÁLEZ
D. MARCELO GARCIA CONDE (asesor)





 ACTA Nº 11     12/11/2004 13:38  Fecha
Mensaje En Madrid, siendo las 12:30 del día 11 de noviembre de 2004, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Nacional de empresa de Seguridad Privada
con presencia de las personas abajo referenciadas, acordando lo siguiente:

PRIMERO.- La representación empresarial comunica que ha valorado la última
propuesta de la representación sindical, manifestando que los incrementos que se plantean exceden claramente de las posibilidades de negociación, de acuerdo con unos costes razonablemente asumibles. No obstante, esta parte ha reconsiderado una nueva propuestas empresarial que se detalla en el apartado siguiente, consciente de que debe considerarse prácticamente definitiva, con la salvedad que en la misma se indica, solicitando su valoración por la representación sindical, y dentro de una normalidad laboral en los próximos días.

SEGUNDO.- Por parte de la representación empresarial se hace entrega de la
última propuesta que se refleja en los siguientes términos:

Duración del convenio: 4 años.


A)

Primer año

- Retribuciones económicas fijas para el año 2005, de acuerdo con la tabla entregada en al reunión anterior, que se acompaña al Acta núm. 9, en la que se incluye el plus de turnicidad de nueva creación, con carácter lineal , con la salvedad de su no abono para el caso de que el trabajador rehusara voluntariamente a hacer turnos. El incremento citado es del 4,08% sobre los conceptos fijos.

- Retribuciones económicas variables: Para el año 2005, las indicadas igualmente en las tablas entregadas en el Acta núm. 9.

- Para el resto de conceptos: El 3.5% de incremento, incluyéndose también como revisable el complemento personal de antigüedad.

- Para el personal de transporte de fondos, se mantienen los incrementos que figuran en las tablas del Acta núm. 9.

- Jornada anual 1.788 horas


Segundo año

- IPC real del año anterior en todos los conceptos económicos, con la distribución de las tablas que en cada año se acuerde. Caso de no existir acuerdo el incremento será proporcional en cada uno de ellos en dicho IPC. Los pluses de nocturnidad y horas realizadas en fin de semana y festivos se incrementarán en el 4%.

- Jornada anual 1.788 Horas.


Tercer año

- IPC real del año anterior en todos los conceptos económicos, con la distribución de las tablas que en cada año se acuerde. Caso de no existir acuerdo el incremento será proporcional en cada uno de ellos en dicho IPC.

- Los pluses de nocturnidad y horas realizadas en fin de semana y festivos se incrementarán en el 4%.

- Jornada anual 1.788 Horas.


Cuarto año

- IPC real del año anterior en todos los conceptos económicos, con la distribución de las tablas que en cada año se acuerde. Caso de no existir acuerdo el incremento será proporcional en cada uno de ellos en dicho IPC.

- Jornada anual 1.782 Horas.


B) En cuanto al Plus de peligrosidad de los trabajadores en alta antes del cierre del 01/01/94 y que continúen trabajando, se requiere a esa parte se presente una propuesta concreta que, en caso de su posible aceptación, algunos de los conceptos incrementados anteriormente indicados podrían verse afectados.


C) Por lo que respecta a las modificaciones del articulado comunicado a esa representación en anteriores propuestas, remitimos la negociación de las mismas al momento de la revisión de aquél, proponiendo, por tanto, su definitiva discusión y negociación dicho momento.


TERCERO:.- La CIG quiere manifestar en primer lugar su desacuerdo con el cambio de lugar de la reunión del día de hoy.

A efectos de aclaración del Acta número 10 manifiesta, que su postura al respecto del plus de peligrosidad es que éste se perciba por parte de todos los trabajadores, independientemente de su antigüedad.


CUARTO:.- Con respecto a la modificación de la sede habitual de las reuniones, los sindicatos U.S.O, U.G.T y CC.OO. entendiendo, que la responsabilidad de la negociación esta por encima de todo, mantenemos la reunión que estaba prevista, procediendo a dar las explicaciones oportunas en el comunicado conjunto de los sindicatos arriba señalados.


QUINTO.- Los sindicatos, reciben la nueva propuesta patronal, y acuerdan estudiar y dar una contestación a la misma en la próxima reunión, que tendrá lugar en la sede social de APROSER, el próximo jueves 18 de noviembre a las 12:00 horas.

Y no habiendo mas asuntos que tratar se levanta la sesión el día 11 de noviembre a las 15:00, con la firma de los asistentes, en prueba de su conformidad con el contenido de la misma.



POR LA REPRESENTACION EMPRESARIAL

AMPES
D. JUAN PEDRO DEL CASTILLO SERRANO
D. LUIS GARCIA ECHEVARRIA

APROSER
D. SANTIAGO GARCIA GARCIA
D. JUAN MANUEL HERNANZ GARCIA
D. ISAAC MARTINEZ CARRASCAL
Dña. RAQUEL RAMIREZ OCHOA

FES
D. ROBERTO BERMEJO GARCIA
Dña. VANESA GOMEZ DIAZ


POR LA REPRESENTACIÓN SINDICAL

CC.OO.
D. JAVIER TORREJON MARTIN
D. TXOMIN MARAÑON MAROTO
D. JULIAN MONTES MATEO
D. JOSE ANTONIO ROLDAN PEREZ
D. MARIO JOSE ALONSO FERNANDEZ

CIG
D. ALBERTO DEL RIO QUIROGA
D. JOSE MANUEL CRESPO GARCIA
D. PAULO PAIO RUBIDO BARÁ

UGT
D. BENJAMIN SANCHEZ SOBRINO
D. DIEGO GIRALDEZ GEREZ
D. RAFAEL LOPEZ GALLARDO
D. ANTONIO SOLANO BONILLA
D. JOSE LUIS SANTOS
D. JUAN MANUEL CARREIRA GARCIA
D. FRANCISCO SANCHEZ GUTIERREZ
D. RAFAEL SALDAÑA ERUSTES
D. JULIAN GARCIA PARRILLA

USO
D. ANTONIO DUARTE ALVAREZ
D. JOSE PINTO JIMENEZ
D. MARCELO GARCIA CONDE
D. JUAN CARLOS LOPEZ DE REYES



 COMUNICADO CONJUNTO DE CC.OO, USO y UGT     11/11/2004 20:04  Fecha
Mensaje A TODO EL SECTOR DE SEGURIDAD PRIVADA

Comunicado unitario de CC.OO, USO y UGT

Madrid, 11 de noviembre de 2004.

Estimados/as compañeros/as:

En el día de hoy, estaba prevista una reunión de la Mesa Negociadora a las 11:00 horas, en la sede de APROSER. Sin embargo, dada la protesta efectuada ante dicha sede por otras Organizaciones Sindicales no representadas en la Mesa Negociadora, las Patronales nos comunican que la reunión, dada la presencia de unos 150 compañeros ante dicha sede, quedaba suspendida.

Ante esta situación, los 3 sindicatos acordamos reunirnos en Madrid, para analizar lo sucedido, acordando que, como quiera que la reunión prevista era para que las Patronales nos entregaran una nueva propuesta, lo oportuno era recabar la presencia de las Patronales para recibir dicha propuesta, lo cual hemos realizado durante la mañana.

Sobre esta nueva propuesta y a la vista de su contenido, los 3 sindicatos vamos a consensuar, como lo hemos venido haciendo hasta la fecha, una contestación unitaria, emplazando a las Patronales para el próximo jueves, día 18 de noviembre.

En este sentido, si bien respetamos todas las movilizaciones que se realicen en apoyo a la negociación y por un convenio digno, queremos expresar a todo el sector, que estamos negociando desde la unidad de acción. Con ello esperamos que todo el colectivo de seguridad privada lo tenga bien presente, haciendo caso omiso de quienes pretendan romper la unidad de los sindicatos.

Sobre los comentarios que, maliciosamente, pretenden confundir a los trabajadores y trabajadoras, afirmamos categóricamente, que NO HAY DIVISIÓN SINDICAL, y que si hablamos de representatividad, USO, UGT y CC.OO., juntos, representamos más del 90% del sector, unidad sindical que una vez más, se ratifica con el presente comunicado unitario.

Por otra parte, es preciso que la medida acordada de NO REALIZACIÓN DE HORAS EXTRAS, se lleve a la práctica con contundencia y rotundidad.

Recibid todos y todas un saludo de los integrantes de la Mesa Negociadora.



  ACTA Nº 10     7/11/2004 12:53  Fecha
Mensaje En Madrid, siendo las 11:15 horas del día 28 de Octubre de 2004, se reúnen en la sede social de la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COMPAÑÍAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD (APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 20 A, de una parte los representantes de las asociaciones empresariales, ACAES, AMPES, APROSER y FES, así corno los representantes de los sindicatos, CIG, CCOO, UGT y USO, acordando lo siguiente:

PRlMERO.- La Comisión Negociadora realizó un examen detallado del artículo 14 (subrogación de servicios), sin que se llegara a concretar acuerdos determinados, aunque sí posibles modificaciones tales corno a) la no exigencia de prestación del servicio durante más de un 500/0 de la jornada laboral, para que fuera posible la subrogación, b) la dificultad de comunicación de la cuota sindical a la empresa adjudicataria como consecuencia de la normativa vigente en materia de protección de datos, c) los inconvenientes administrativos del disfrute de las vacaciones en la empresa adjudicataria y el cargo de lo devengado en la empresa cesante, complicándose aún más corno consecuencia del coste derivado de la Seguridad Social de dicho período, así como d) no considerar las excedencias corno períodos de interrupción reglamentario en los supuestos de subrogación de personal, salvo para los trabajadores contratados por obra o servicio determinado, en los que sí se tendrán en cuenta.

Ambas partes se comprometen a aclarar estos aspectos en posteriores reuniones, analizando la viabilidad de los mismos, consultando específica mente la problemática de las vacaciones con la Tesorería de la Seguridad Social.

SEGUNDO.- En lo relativo a las excedencias (artículo 48 del Convenio Colectivo), la Comisión Negociadora realizó igualmente un detallado análisis sin que se alcanzara ningún acuerdo concreto.

TERCERO.- Se da por ambas partes de la Comisión Negociadora por concluida la reunión, acordándose continuar la misma el día 2 de noviembre de 2004 a las 16:00 horas, en la que la representación empresarial manifiesta su intención de presentar una nueva propuesta económica a la representación sindical.

CUARTO.- Reanudada la reunión a las 16:00 horas del día 2 de noviembre, la representación empresarial hace entrega de su nueva propuesta, que se adjunta al Acta, y es explicada detalladamente como sigue:

Duración del convenio: 4 años.

Retribuciones económicas para el año 2005: incremento de los conceptos fijos (incluyendo el plus de turnicidad de nueva creación): 4,08% para el vigilante sin arma, 4,01% para el vigilante con arma (que incluye un incremento del 3,5% en el plus de peligrosidad).

Retribuciones económicas variables para el año 2005 para el vigilante de seguridad:
a) nocturnidad: 3,41% (0,91 euros / hora)
b) festivas y fin de semana: 5,63% (0,75 euros / hora) -Resto de conceptos (horas extraordinarias, plus escolta, radioscopia aeroportuaria): 3,5%

Personal de transporte de fondos: incremento del 4% del total de la tabla, incluyendo el plus de peligrosidad.

Contadores: incremento del 4% (ver tablas)

Jornada: durante los 3 primeros años 1.788 horas anuales, reduciéndose el cuarto año a 1.782 horas anuales.

Años restantes: IPC real de los tres años anteriores en todos los conceptos revisados.

A la vista de la propuesta presentada, la representación empresarial solicita a la representación sindical el desistimiento de las actuaciones contrarias a la normalidad laboral en el desarrollo de la prestación de los servicios, como está ocurriendo en la actualidad en algunos centros de trabajo.

QUINTO.- Tras la entrega de la propuesta empresarial, los cuatro sindicatos (CIG, CCOO, UGT y USO) solicitan un receso en el cual acuerdan analizar la propuesta presentada por la patronal con el fin de contestar a la misma en la próxima reunión de la Comisión Negociadora del Convenio.

SEXTO.- Ambas partes acuerdan celebrar la próxima reunión el jueves día 4 de noviembre a las 11:00 horas.

Y no habiendo mas asuntos que tratar se levanta la sesión el día 2 de noviembre a las 18:00 horas, con la firma de los asistentes, en prueba de su conformidad con el contenido de la misma.

POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:

ACAES

D. FERNANDO RICONDO SALVARREY AMPES
D. JUAN PEDRO DEL CASTILLO SERRANO
D. LUIS GARCÍA ECHEVARRÍA APROSER:
D. SANTIAGO GARCÍA GARCÍA
D. JUAN MANUEL HERNANZ GARCÍA
D. ISAAC MARTÍNEZ CARRASCAL
Doña RAQUEL RAMÍREZ OCHOA

FES:

D. ROBERTO BERMEJO GARCÍA
Doña. VANESA GÓMEZ DÍAZ



POR LA REPRESENTAClON SINDICAL

CIG:

D. JOSÉ MANUEL CRESPO GARCÍA
D. ALBERTO DEL RÍO QUIROGA (asesor)

CC.OO.:

D. MARIO JOSÉ ALONSO FERNÁNDEZ (exclusivamente el día 28 de octubre)
D. ALEJANDRO GASTÓN GARCÍA DE JALÓN
D. FÉLIX MESA FERNÁNDEZ
D. JULIÁN MONTES MATEO
D. JOSÉ ANTONIO ROLDÁN PÉREZ
D. JAVIER TORREJÓN MARÍN

FEs-UGT:

D. ISIDRO CAMPOS NAVARRETE
D. JUAN CARLOS FERNÁNDEZ-CID CASTAÑO
D. JULIÁN GARCÍA PARRILLA
D. JESÚS GÓMEZ CARPEÑO (exclusivamente el día 28 de octubre)
D. RAFAEL LÓPEZ GALLARDO (exclusivamente el día 28 de octubre)
D. RAFAEL SALDAÑA ERUSTES
D. ANTONIO DAMIÁN SÁNCHEZ ANIORTE (exclusivamente el día 28 de octubre)
D. BENJAMÍN SÁNCHEZ SOBRINO
D. JOSÉ LUIS SANTOS VICENTE (exclusivamente el día 2 de noviembre)
D. ANTONIO SOLANO BONILLA
D. ANGEL VÁZQUEZ DÍAZ (exclusivamente el día 28 de octubre)

FTSP-USO:

D. JOSÉ LUIS DE DIEGO
D. ANTONIO DUARTE ALVAREZ
D. EMILIANO JIMÉNEZ (asesor)
D. FERNANDO LAGO MOYA (asesor)
D. JUAN CARLOS LÓPEZ REYES (exclusivamente el día 28 de octubre)
D. RICARDO SANGUINO (exclusivamente el día 2 de noviembre)



  ACTA Nº 9     7/11/2004 12:51  Fecha
Mensaje En Madrid, siendo las 11:15 horas del día 28 de Octubre de 2004, se reúnen en la sede social de la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COMPAÑÍAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD (APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 20 A, de una parte los representantes de las asociaciones empresariales, ACAES, AMPES, APROSER y FES, así corno los representantes de los sindicatos, CIG, CCOO, UGT y USO, acordando lo siguiente:

PRlMERO.- La Comisión Negociadora realizó un examen detallado del artículo 14 (subrogación de servicios), sin que se llegara a concretar acuerdos determinados, aunque sí posibles modificaciones tales corno a) la no exigencia de prestación del servicio durante más de un 500/0 de la jornada laboral, para que fuera posible la subrogación, b) la dificultad de comunicación de la cuota sindical a la empresa adjudicataria como consecuencia de la normativa vigente en materia de protección de datos, c) los inconvenientes administrativos del disfrute de las vacaciones en la empresa adjudicataria y el cargo de lo devengado en la empresa cesante, complicándose aún más corno consecuencia del coste derivado de la Seguridad Social de dicho período, así como d) no considerar las excedencias corno períodos de interrupción reglamentario en los supuestos de subrogación de personal, salvo para los trabajadores contratados por obra o servicio determinado, en los que sí se tendrán en cuenta.

Ambas partes se comprometen a aclarar estos aspectos en posteriores reuniones, analizando la viabilidad de los mismos, consultando específica mente la problemática de las vacaciones con la Tesorería de la Seguridad Social.

SEGUNDO.- En lo relativo a las excedencias (artículo 48 del Convenio Colectivo), la Comisión Negociadora realizó igualmente un detallado análisis sin que se alcanzara ningún acuerdo concreto.

TERCERO.- Se da por ambas partes de la Comisión Negociadora por concluida la reunión, acordándose continuar la misma el día 2 de noviembre de 2004 a las 16:00 horas, en la que la representación empresarial manifiesta su intención de presentar una nueva propuesta económica a la representación sindical.

CUARTO.- Reanudada la reunión a las 16:00 horas del día 2 de noviembre, la representación empresarial hace entrega de su nueva propuesta, que se adjunta al Acta, y es explicada detalladamente como sigue:

Duración del convenio: 4 años.

Retribuciones económicas para el año 2005: incremento de los conceptos fijos (incluyendo el plus de turnicidad de nueva creación): 4,08% para el vigilante sin arma, 4,01% para el vigilante con arma (que incluye un incremento del 3,5% en el plus de peligrosidad).

Retribuciones económicas variables para el año 2005 para el vigilante de seguridad:
a) nocturnidad: 3,41% (0,91 euros / hora)
b) festivas y fin de semana: 5,63% (0,75 euros / hora) -Resto de conceptos (horas extraordinarias, plus escolta, radioscopia aeroportuaria): 3,5%

Personal de transporte de fondos: incremento del 4% del total de la tabla, incluyendo el plus de peligrosidad.

Contadores: incremento del 4% (ver tablas)

Jornada: durante los 3 primeros años 1.788 horas anuales, reduciéndose el cuarto año a 1.782 horas anuales.

Años restantes: IPC real de los tres años anteriores en todos los conceptos revisados.

A la vista de la propuesta presentada, la representación empresarial solicita a la representación sindical el desistimiento de las actuaciones contrarias a la normalidad laboral en el desarrollo de la prestación de los servicios, como está ocurriendo en la actualidad en algunos centros de trabajo.

QUINTO.- Tras la entrega de la propuesta empresarial, los cuatro sindicatos (CIG, CCOO, UGT y USO) solicitan un receso en el cual acuerdan analizar la propuesta presentada por la patronal con el fin de contestar a la misma en la próxima reunión de la Comisión Negociadora del Convenio.

SEXTO.- Ambas partes acuerdan celebrar la próxima reunión el jueves día 4 de noviembre a las 11:00 horas.

Y no habiendo mas asuntos que tratar se levanta la sesión el día 2 de noviembre a las 18:00 horas, con la firma de los asistentes, en prueba de su conformidad con el contenido de la misma.

POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:

ACAES

D. FERNANDO RICONDO SALVARREY AMPES
D. JUAN PEDRO DEL CASTILLO SERRANO
D. LUIS GARCÍA ECHEVARRÍA APROSER:
D. SANTIAGO GARCÍA GARCÍA
D. JUAN MANUEL HERNANZ GARCÍA
D. ISAAC MARTÍNEZ CARRASCAL
Doña RAQUEL RAMÍREZ OCHOA

FES:

D. ROBERTO BERMEJO GARCÍA
Doña. VANESA GÓMEZ DÍAZ



POR LA REPRESENTAClON SINDICAL

CIG:

D. JOSÉ MANUEL CRESPO GARCÍA
D. ALBERTO DEL RÍO QUIROGA (asesor)

CC.OO.:

D. MARIO JOSÉ ALONSO FERNÁNDEZ (exclusivamente el día 28 de octubre)
D. ALEJANDRO GASTÓN GARCÍA DE JALÓN
D. FÉLIX MESA FERNÁNDEZ
D. JULIÁN MONTES MATEO
D. JOSÉ ANTONIO ROLDÁN PÉREZ
D. JAVIER TORREJÓN MARÍN

FEs-UGT:

D. ISIDRO CAMPOS NAVARRETE
D. JUAN CARLOS FERNÁNDEZ-CID CASTAÑO
D. JULIÁN GARCÍA PARRILLA
D. JESÚS GÓMEZ CARPEÑO (exclusivamente el día 28 de octubre)
D. RAFAEL LÓPEZ GALLARDO (exclusivamente el día 28 de octubre)
D. RAFAEL SALDAÑA ERUSTES
D. ANTONIO DAMIÁN SÁNCHEZ ANIORTE (exclusivamente el día 28 de octubre)
D. BENJAMÍN SÁNCHEZ SOBRINO
D. JOSÉ LUIS SANTOS VICENTE (exclusivamente el día 2 de noviembre)
D. ANTONIO SOLANO BONILLA
D. ANGEL VÁZQUEZ DÍAZ (exclusivamente el día 28 de octubre)

FTSP-USO:

D. JOSÉ LUIS DE DIEGO
D. ANTONIO DUARTE ALVAREZ
D. EMILIANO JIMÉNEZ (asesor)
D. FERNANDO LAGO MOYA (asesor)
D. JUAN CARLOS LÓPEZ REYES (exclusivamente el día 28 de octubre)
D. RICARDO SANGUINO (exclusivamente el día 2 de noviembre)



 Acta N° 8     21/10/2004 19:47  Fecha
Mensaje Nota : el acta N|7 no la incorporo pues se trababa de eliminar al sindicato ELA de la mesa negociadora por do disponer de sufientes votos.

ACTA N° 8
En Madrid, siendo las 11:15 horas del día 21 de Octubre de 2004, se reúnen en la sede
social de la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COMPAÑÍAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE
SEGURIDAD (APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los
representantes de las asociaciones empresariales, ACAES, AMPES, APROSER y FES, así
como los representantes de los sindicatos, CIG, CCOO, UGT y USO, acordando lo
siguiente:
PRIMERO.- La representación empresarial hace entrega a los representantes sindicales
una nueva propuesta que mejora la del 21 de septiembre de 2.004, en respuesta a los
planteamientos sindicales, y que afecta diversos aspectos entre los que se comprenden,
entre otros, la antigüedad, jornada anual y complementos a las prestaciones económicas
en el supuesto de enfermedad común. Se mejora asimismo el incremento salarial en
0,30% en relación con la propuesta empresarial anterior.
SEGUNDO.- Tras un receso, la representación sindical manifiesta que, si bien la
propuesta empresarial consiste en retirar parte de los planteamientos que pretendían
suprimir derechos laborales ya conquistados en el Convenio, no entiende la pretensión de
negarse a negociar partiendo del actual texto del Convenio Colectivo. Por otra parte, se
propone continuar la negociación el próximo jueves 28 de octubre en sesión de mañana
y tarde con la voluntad de cerrar los artículos relativos a la subrogación del personal y de
las excedencias.
TERCERO.-. Asimismo, la representación sindical considera que por la parte empresarial
no ha existido hasta el momento voluntad negociadora sino simplemente una negación a
debatir las propuestas sindicales, por lo que solicita que el próximo jueves la
representación empresarial acepte como método de negociación el debatir todas las
propuestas que se expresen por ambas partes.
CUARTO.- La representación empresarial rechaza categóricamente la afirmación de la
representación sindical y recuerda que gracias a su iniciativa se han reanudado las
negociaciones en el día de hoy, lo que demuestra todo lo contrario a lo manifestado en el
punto tercero por la representación sindical. Asimismo recuerda que en el curso de la
negociación ha presentado diversas propuestas concretas que se han modificado en el
sentido del planteamiento de la representación sindical, sin que, por el contrario, se haya
aportado por ésta una propuesta valorada económicamente de forma que pueda
considerada por la representación empresarial.
QUINTO.- Ambas partes aceptan reunirse el día 28 de octubre a las 11:00 horas, para
tratar la negociación de la propuesta sindical relativa a la subrogación del personal y las
excedencias.
Y no habiendo mas asuntos que tratar se levanta la sesión con la firma de los asistentes,
en prueba de su conformidad con el contenido de la misma.
POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:
ACAES
D. MATÍAS PLAZA FRANCÉS
2
AMPES
D. JUAN PEDRO DEL CASTILLO SERRANO
D. LUIS GARCÍA ECHEVARRÍA
APROSER:
D. SANTIAGO GARCÍA GARCÍA
D. JUAN MANUEL HERNANZ GARCÍA
D. ISAAC MARTÍNEZ CARRASCAL
Doña RAQUEL RAMÍREZ OCHOA
FES:
D. ROBERTO BERMEJO GARCÍA
Doña VANESA GÓMEZ DÍAZ
POR LA REPRESENTACION SINDICAL
CIG:
D. JOSÉ MANUEL CRESPO GARCÍA
D. ALBERTO DEL RÍO QUIROGA
D. PAULO PAIO RUBIDO BARA
CC.OO.:
D. MARIO JOSÉ ALONSO FERNÁNDEZ
D. ALJANDRO GASTÓN GARCÍA DE JALÓN
D. TXOMIN MARAÑÓN MAROTO
D. JULIÁN MONTES MATEO
D. JOSÉ ANTONIO ROLDÁN PÉREZ
D. JAVIER TORREJÓN MARTÍN
FEs-UGT:
D. ISIDRO CAMPOS NAVARRETE
D. JUAN CARLOS FERNÁNDEZ-CID CASTAÑO
D. DIEGO GIRALDEZ JEREZ
D. RAFAEL LÓPEZ GALLARDO
D. RAFAEL SALDAÑA ERUSTES
D. FRANCISCO SÁNCHEZ GUTIÉRREZ
D. BENJAMÍN SÁNCHEZ SOBRINO
D. JOSÉ LUIS SANTOS VICENTE
D. ANTONIO SOLANO BONILLA
D. ANGEL VÁZQUEZ DÍAZ
FTSP-USO:
D. MARCELO GARCÍA CONDE (asesor)
D. FERNANDO LAGO MOYA
D. JUAN CARLOS LÓPEZ REYES (asesor)
D. JOSÉ LUIS LLERA GONZÁLEZ
1
PROPUESTA DE LA REPRESENTACION EMPRESARIAL
A LA REPRESENTACIÓN SINDICAL DEL CONVENIO
COLECTIVO CON VIGENCIA A PARTIR DEL 01/01/05
A continuación se indican las modificaciones de los Artículos del vigente Convenio
Colectivo, ordenadas según el articulado.
ARTÍCULO 3.- AMBITO FUNCIONAL.-
Se suprime el último párrafo de este artículo por el siguiente “No estarán sujetas al
presente Convenio Colectivo aquellas Empresas de Seguridad dedicadas
exclusivamente a la fabricación, instalación y/o mantenimiento de dichos sistemas,
pudiendo, no obstante, ejercitar su facultad de adhesión al presente convenio,
siempre que no estuvieran afectadas por otros, en los términos que establece el Art.
92.1 del Estatuto de los Trabajadores”.
ARTICULO 4.- AMBITO TEMPORAL.-
La vigencia del presente Convenio Colectivo será de 4 años, es decir, desde el 01/01/05
hasta el 31/12/08.
ARTICULO 12.- FORMACIÓN.-
Se haría referencia al nuevo acuerdo por las partes negociadoras con sometimiento el
subsistema de formación profesional continua según Real Decreto 1.046/2003, de 1 de
agosto y Orden Ministerial de 13 de febrero de 2004, así como el desarrollo que se
efectúe de los Contratos Programas para la formación de los trabajadores.
Esta modificación afectaría a los párrafos 1º, 2º y 5º de dicho Artículo.
Por su parte, el párrafo 3º quedaría redactado de la forma siguiente:
“Cuando se efectúe formación exigida por la Empresa fuera de la jornada laboral, se
abonarán al trabajador las horas empleadas en ella a precio de hora extraordinaria de su
categoría laboral”.
El párrafo 4º quedaría suprimido.
ARTICULO 13.-
Se añade un párrafo en los siguientes términos: “Asimismo, queda prohibido que el
trabajador esté de alta laboral en dos empresas de seguridad de forma simultánea,
por considerarse un supuesto de competencia desleal”.
2
ARTICULO 14.- SUBROGACIÓN DE SERVICIOS.-
Añadir al apartado (A) después de “… se produzca… y prestara sus servicios más del
50% de su jornada”.
Asimismo, al final de este mismo apartado incluir a partir de “… ausencias
reglamentarias del trabajador del servicio subrogado establecidas en los Artículos 45,
46 y 50 de este Convenio Colectivo, las situaciones de Incapacidad Temporal y
suspensiones disciplinarias, cualquiera que sea su causa, excluyéndose
expresamente las excedencias reguladas en el Artículos 48.
Se dará nueva redacción a la fórmula de subrogación de los Contadores Pagadores,
aclarando la actual.
ARTICULO 18.- CLASIFICACIÓN GENERAL.-
Incluir las siguientes categorías:
Personal Operativo:
A) Transporte de Fondos
Vigilante reponedor de cajeros.
B) Personal No Habilitado
Operador de Centro de Control y Videovigilancia.
Coordinador de Central Receptora de Alarmas.
Supervisor de Central Receptora de Alarmas.
C) Personal Administrativo, Técnico de oficinas y ventas
Técnico de Oficinas y Ventas:
Operador de Soporte Técnico.
Personal Administrativo:
Grabador de Datos.
D) Personal de Mandos Intermedios:
Sustituir el Encargado General por Coordinador de Servicios.
Programador de Servicios.
ARTICULO 19.- PERSONAL DIRECTIVO, TITULADO Y TÉCNICO.-
Se definirán cada una de las nuevas categorías cuyo texto se aportará más adelante
3
ARTICULO 22.- OPERATIVO.-
Operador de Central Receptora de Alarmas. Es el trabajador, que maneja los
equipos electrónicos para el tratamiento de la información e interpreta y desarrolla las
instrucciones y ordenes para su explotación.
Funciones:
1. Cuidará del mantenimiento y conservación de los equipos electrónicos a su
cargo.
2. Dará parte diario de las incidencias producidas durante su servicio, en el cual
constará:
La recepción de alarmas producidas durante el servicio.
Comunicaciones de las recepciones de alarmas a las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado.
3. Comprobará diariamente el funcionamiento de los equipos electrónicos.
4. Ejecutará las órdenes previstas en la ley de seguridad privada respecto del
funcionamiento de las centrales receptoras de alarmas, excepto las propias del
Vigilante de Seguridad.
5. Atención al cliente
ARTICULO 32.- ESTABILIDAD EN EL EMPLEO.-
Elevar el porcentaje de fijos en plantilla al 65%, en los mismos términos que se
establece en dicho precepto.
ARTICULO 36.- DESPLAZAMIENTO.-
El importe del kilometraje tendrá un incremento del IPC real del ejercicio 2004 para el
año 2005. A este respecto el número de kilómetros será computado a partir de donde
finalice el término municipal de la localidad.
ARTICULO 40.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO.-
Introducir una modificación en el sentido de que la falta del cumplimiento del preaviso
llevará consigo la pérdida de los salarios correspondiente a los 15 días o la parte
proporcional si el preaviso se hubiera efectuado en periodo inferior al previsto.
4
ARTICULO 41.- JORNADA DE TRABAJO.-
La jornada de trabajo para 2005, será de 1.788 horas anuales de trabajo efectivo, así
como para la totalidad de la vigencia del Convenio, lo que supone 162 h. 33 minutos
mensuales.
Entre jornada terminada e inicio de la siguiente deberán mediar un mínimo de 12 horas.
En éste artículo se propone las siguientes supresiones de los párrafos que comienzan por
“… Los trabajadores de vigilancia y transporte..” y termina “… 8 horas para 2004”
y el siguiente párrafo “… Si la jornada de trabajo” y termina “… de la tarde”
El párrafo siguiente quedará como sigue “Para el personal No Operativo, el descanso
podrá ser de hasta 2 h. entre jornada y jornada”, y el siguiente párrafo quedará
redactado de la siguiente manera “Las empresas informarán a los representantes de
los trabajadores del correspondiente horario, turno y relevo de trabajo de su
personal y lo coordinarán en los distintos servicios para el más eficaz
rendimiento”.
El último párrafo quedará redactado de la forma siguiente “Dada las especiales
características de la actividad, se entenderán de carácter ininterrumpido el
funcionamiento de los centros de trabajo con turnos de mañana, tarde y noche en
las Compañías Privadas del Servicio de Seguridad, debiéndose respetar siempre la
jornada máxima del trabajador”.
ARTICULO 42.- HORAS EXTRAORDINARIAS.-
Mantener el texto actual con el importe de horas extras según el incremento con el 2,5%
para el año 2005 y el IPC real del año anterior para los tres años restantes, incluyendo la
posibilidad de ser compensadas en tiempo de descanso a criterio de la empresa.
ARTICULO 43.- MODIFICACIÓN DE HORARIOS.-
Quedará suprimido.
ARTICULO 46.- LICENCIAS.-
Las ampliaciones de días de licencia serán las siguientes, dependiendo de las distancias
del desplazamiento:
Apartado b) y f): Menos de 100 kms. : 0 días de ampliación
De 100 a 300 kms.: 1 día de ampliación
De 300 kms. en adelante: 2 días de ampliación
ARTICULO 48.- EXCEDENCIA.-
5
Después del tercer párrafo se añadiría: “En caso de solicitud de prórroga de
excedencia, ésta requerirá obligatoriamente la autorización expresa de la
empresa.”
Después del 4º párrafo añadir el siguiente “La situación de Excedencia Voluntaria
será incompatible para prestar servicios en otra Empresa de Seguridad
desarrollando las mismas u otras funciones propias de la misma, cuya vulneración
supondrá la automática extinción de la relación laboral con la Empresa en la que
se encuentra excedente.
ARTICULO 54.6.- FALTAS GRAVES.-
De este apartado quedaría suprimida “… la voluntaria disminución de la actividad
habitual”.
ARTICULO 55.3.- FALTAS MUY GRAVES.-
Sustituir el adverbio “siempre” por “aunque”.
ARTICULO 59.- PREMIOS.-
Incrementar el importen en metálico del Tirador Selecto a 24 €, abonables una sola vez.
En este mismo Artículo en el apartado que hace referencia a las recompensas, se estaría
a la siguiente redacción “Los anteriores motivos dignos de premio quedarán
recompensados, correlativamente con las siguientes recompensas”.
ARTICULO 60.- SEGURO COLECTIVO DE ACCIDENTES.-
Se incrementarían para toda la vigencia del Convenio en un 6%.
ARTICULO 61.- AYUDAS HIJOS MINUSVALIDOS.-
Incremento del 2% en el 2005 e IPC real del año anterior en los 3 años restantes.
ARTICULO 62.- COMPENSACIÓN DE LOS SUPUESTOS DE I.T.- Se mantiene
el actual texto del Convenio.
ARTICULO 64.- RETRIBUCIONES.- Descripción General.-
El 2º párrafo quedaría redactado de la forma siguiente “El pago de las retribuciones
del total de la retribución del Anexo Salarial se efectuará por meses vencidos,
hasta el día 5 del mes siguiente. No obstante, los complementos variables
6
establecidos en el Convenio Colectivo se abonarán en la nómina del mes siguiente
del que se haya devengado.”
ARTICULO 68.- COMPLEMENTO PERSONAL DE ANTIGÜEDAD.-
Se mantiene el actual sistema de devengo, sin que produzca incremento de los importes
de los quinquenios actualmente recogidos en el Convenio Colectivo durante la vigencia
del Convenio.
ARTICULO 69.- COMPLEMENTOS DE PUESTO DE TRABAJO.-
Los pluses de Peligrosidad, Escolta, Vehículo Blindado, Actividad y Radioscopia
aeroportuaria tendrán un incremento equivalente en el primer año del 2,5% siendo en
los sucesivos el IPC real del año anterior para los 3 años restantes.
Los pluses de Trabajo Nocturno y Fin de Semana y Festivos tendrán el año 2005 un
incremento equivalente al 3,5%, siendo en los sucesivos el IPC real del año anterior
para los 3 años restantes.
Los pluses de Responsable de Equipo de Vigilancia y Transporte de Fondos se
incrementarán en el 2,5% sobre los importes actualmente vigentes.
El plus de Residencia en Ceuta y Melilla, se incrementará en el mismo porcentaje que lo
haga el salario base.
Se crea un plus de responsable de equipo de central receptora de alarmas, que percibirán
mensualmente un 10% del salario base de la categoría operador de central receptora de
alarmas.
ARTICULO 71.- COMPLEMENTO DE VENCIMIENTO AL MES.-
Al final añadir un párrafo “Las pagas extraordinarias se podrán prorratear en 12
mensualidades previo acuerdo del trabajador y la empresa”.
ARTICULO 72.- COMPLEMENTOS DE INDEMNIZACIONES Y SUPLIDOS.-
Según tabla de retribuciones anexa.
ARTICULO 73.- CUANTIA DE LAS RETRIBUCIONES PERSONAL OPERATIVO.-
Ver Anexo de Tablas, por categorías.
ARTICULO 75.- UNIFORMIDAD.-
7
Se añade un nuevo párrafo séptimo y último en los siguientes términos: “Los
trabajadores estarán obligados a devolver la uniformidad que posean de la
empresa, al causar baja en la misma. En el supuesto de no realizarse la entrega, el
coste del uniforme le será descontado en la liquidación correspondiente”.
ARTICULO 81.-
En cuanto al importe de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil a suscribir, se
estará a lo exigido por la Ley de Seguridad Privada.
DISPOSICION ADICIONAL PRIMERA.-
Derecho de preferencia al uso de arma, queda suprimido.
RETRIBUCIONES RESTO DE CATEGORÍAS.-
Incremento salarial del 2,8% para 2.005 e IPC real del año anterior para los tres años
restantes, con la distribución de conceptos que se determine en el curso de las
negociaciones.
El incremento salarial de los mandos intermedios de la tabla de retribuciones del año
2.004 será para el 2005 del 10%, pasando el plus de vestuario al salario base y
suprimiéndose éste definitivamente.
COSTE EMPRESA - VIGILANTE SEGURIDAD SIN ARMA
1788 horas/año
162 horas 33 minutos /mes
AÑO 2004 AÑO 2005
A-REMUNERACIONES FIJAS importe meses TOTAL importe meses TOTAL %
Salario Base 731,39 15 10.970,85 767,64 15 11.514,60 4,96
Plus Transporte 75,42 15 1.131,30 68,00 15 1.020,00 -9,84
Plus Vestuario 71,40 15 1.071,00 67,16 15 1.007,40 -5,94
SUBTOTAL 1 878,21 15 13.173,15 902,80 15 13.542,00 2,80
C- COSTE S. SOCIAL 10.970,85 35,1% 3.850,77 11.514,60 35,1% 4.041,62 4,96
TOTAL COSTE 17.023,92 17.583,62 3,29
COSTE EMPRESA - VIGILANTE SEGURIDAD CON ARMA
AÑO 2004 AÑO 2005
A-REMUNERACIONES FIJAS importe meses TOTAL importe meses TOTAL %
Salario Base 731,39 15 10.970,85 768,04 15 11.520,53 5,01
Plus Transporte 75,42 15 1.131,30 68,00 15 1.020,00 -9,84
Plus Vestuario 71,40 15 1.071,00 67,16 15 1.007,40 -5,94
Plus Peligrosidad 131,76 15 1.976,40 135,05 15 2.025,81 2,50
SUBTOTAL 1 1.009,97 15 15.149,55 1.038,25 15 15.573,74 2,80
C- COSTE S. SOCIAL 12.947,25 35,1% 4.544,48 13.546,34 35,1% 4.754,76 4,63
TOTAL COSTE 19.694,03 20.328,50 3,22
VIGILANTE DE SEGURIDAD
COSTE EMPRESA - VIGILANTE SEGURIDAD CONDUCTOR
1788 horas/año
162 horas 33 minutos /mes
AÑO 2004 AÑO 2005
A-REMUNERACIONES FIJAS importe meses TOTAL importe meses TOTAL %
Salario Base 810,27 15 12.154,05 851,88 15 12.778,14 5,13
Plus Transporte 75,42 15 1.131,30 68,00 15 1.020,00 -9,84
Plus Vestuario 73,89 15 1.108,35 67,16 15 1.007,40 -9,11
Plus Peligrosidad 131,76 15 1.976,40 135,05 15 2.025,81 2,50
Plus Vehículo Blindado 64,21 15 963,15 65,82 15 987,23 2,50
SUBTOTAL 1 1.155,55 15 17.333,25 1.187,91 15 17.818,58 2,80
C- COSTE S. SOCIAL 15.093,60 35,1% 5.297,85 15.791,18 35,1% 5.542,70 4,62
TOTAL COSTE 22.631,10 23.361,29 3,23
COSTE EMPRESA - VIGILANTE SEGURIDAD TRANSPORTE
AÑO 2004 AÑO 2005
A-REMUNERACIONES FIJAS importe meses TOTAL importe meses TOTAL %
Salario Base 772,32 15 11.584,80 812,86 15 12.192,95 5,25
Plus Transporte 75,42 15 1.131,30 68,00 15 1.020,00 -9,84
Plus Vestuario 73,89 15 1.108,35 67,16 15 1.007,40 -9,11
Plus Peligrosidad 131,76 15 1.976,40 135,05 15 2.025,81 2,50
Plus Vehículo Blindado 64,21 15 963,15 65,82 15 987,23 2,50
SUBTOTAL 1 1.117,60 15 16.764,00 1.148,89 15 17.233,39 2,80
C- COSTE S. SOCIAL 14.524,35 35,1% 5.098,05 15.205,99 35,1% 5.337,30 4,69
TOTAL COSTE 21.862,05 22.570,70 3,24
COSTE EMPRESA - CONTADOR PAGADOR
AÑO 2004 AÑO 2005
A-REMUNERACIONES FIJAS importe meses TOTAL importe meses TOTAL %
Salario Base 685,33 15 10.279,95 714,40 15 10.716 4,24
Plus Transporte 75,42 15 1.131,30 68,00 15 1.020 -9,84
Plus Vestuario 43,50 15 652,50 44,37 15 666 2,00
SUBTOTAL 1 804,25 15 12.063,75 826,77 15 12.401,54 2,80
C- COSTE S. SOCIAL 10.279,95 35,1% 3.608,26 10.715,99 35,1% 3.761,31 4,24
TOTAL COSTE 15.672,01 16.162,85 3,13



 COMUNICADO DE PRENSA     28/09/2004 23:07  Fecha
Mensaje Madrid 26 de Septiembre del 2004

Reunidos en Madrid los representantes los representates de UGT, CCOO, USO y CIG en la mesa negociadora del convenio de Seguridad Privada ante la situación de bloqueo
de la misma, acuerdan el siguien bte calendario de movilizaciones:

1° Dada la premurta con que se ha producido el bloqueo de la mesa negociadora, tras el paréntesis estival, los cuatro sindicatos convocarán ASAMBLEAS CONJUNTAS DE TRABAJASDORES, el la primera semana de Octubre.

2° El próximo 6 de Octubre, delegados de Personal, miembros del comité de empresa y delegados sindicales, repartirán octavillas informativas a la ciudadanía en todas las capitales de provincia en las sedes de los grandes usuarios.

3° El próximo día 27 d3e Octubre, en todas las capitales dce provincias, los trabajadores
del sector serán llamados a concentraciones provinciales en los centros más importantes de los principales usuarios ( Corte Inglés, Alcampo, RENFE, Aeropuertos, etc.)

4° Durante el mes de Noviembre los trabajadores del sector dejarán de hacer horas extraordinarias.

No se descartan otras movilizaciones inmediatas.

La no realización de horas extras en el sector de Seguridad Privada, creará una carencia de mano de obra de 50 horas por trabajador. Teniendo en cuenta que el sector ocupa aproximadamente a 85000 trabajadores, en el mes de noviembre quedarán sin cubrir 4,250.000 horas de vigilancia, lo que es equivalente a la jornada mensual de 26.234 trabajadores.

Los trabajadores del transporte de fondos, trabajarán su jornada de convenio y respetarán sus calendarios laborales, respetando minuciosamente las medidas de seguridad que manda el Reglamento de Seguridad Privada. Cientos de servicios quedarán soin cubrir y puede afectar a la disponibilidad de efectivo en los bancos y cajeros automáticos.

Queremos aprovechar esta nota para pedir disculpas a la ciudadanía por las molestias que pudiéramos causarles.




 Ruptura de la mesa negociadora     25/09/2004 07:22  Fecha
Mensaje COMUNICADO CONJUNTO DE UGT-CCOO-USO-CIG A TODOS LOS
TRABAJADORES DE SEGURIDAD PRIVADA
Madrid, 21 de septiembre de 2004.
Compañeros/ as:
En la reunión de convenio mantenida hoy, la Patronal entrega a los sindicatos una
propuesta con el 2,7% de incremento, manteniendo un aumento de jornada hasta las 163
horas, mantiene la desaparición de la antigüedad, la disminución de percepción de I.T.,
y todas sus etcéteras, que os enviamos en la propuesta adjunta.
Ante esta situación y desde la manifiesta voluntad de la patronal de obligarnos a romper
la mesa, los sindicatos, tras entregar una propuesta conjunta, nos vemos obligados a
suspender momentáneamente la negociación.
El próximo martes y tras analizar cada sindicato la situación creada, nos reuniremos con
el único fin de preparar conjuntamente un calendario de movilizaciones que os haremos
llegar de inmediato.
Nuevamente la Patronal de seguridad privada plantea un convenio que nos perjudica.
En nombre donde la necesidad de vigilantes les apremia, debemos ser conscientes y
plantear cara a esta situación.
Necesitamos que los trabajadores del sector secunden las acciones que convoquemos, es
la única forma de negociar el convenio.




 Acta Numero 6     21/09/2004 23:25  Fecha
Mensaje A C T A Nº 6
En Madrid, siendo las 11:00 horas del día 21 de Septiembre de 2004, se reúnen en la sede
social de la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COMPAÑÍAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE
SEGURIDAD (APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los representantes
de las asociaciones empresariales, AMPES, APROSER y FES, así como los sindicatos, CIG,
CCOO, UGT y USO, que a continuación se relacionan, para tratar los siguientes temas:
PRIMERO.- La representación empresarial hace entrega a los representantes sindicales de
una nueva plataforma conjunta acordada por las diversas patronales, que modifica los
términos de la plataforma conjunta entregada el día 7 de septiembre de 2004, al objeto de
que sea estudiada por la representación sindical. Esta propuesta, entre otras cuestiones
supone un incremento salarial del 2,78% en los conceptos fijos para el año 2005, superior a
la previsiones del Gobierno (2%) y el IPC real del año anterior para los tres años restantes,
de forma que no se pierda poder adquisitivo durante el período de vigencia del Convenio.
Asimismo, los conceptos variables se incrementarían en el IPC real y la jornada de trabajo
mensual sería de 163 horas, pasando la diferencia sobre la jornada actual anual (5 horas) a
incrementar el salario base. Esta propuesta se anexa al Acta.
SEGUNDO.- La representación sindical entrega a continuación una propuesta conjunta
acordada por los cuatro sindicatos presentes en la mesa, que se anexa al Acta. Esta
propuesta se concreta en la problemática del plus de peligrosidad, reducción de jornada,
compensaciones justas para las penosidades de la profesión (nocturnidad, festivos y
turnicidad), creación de nuevas categorías en el personal operativo, generalización del plus
de radioscopia, inclusión en el Convenio de realidades retributivas existentes, calendario
laboral anual, categoría del escolta y adecuación de sus retribuciones como especialidades
del sector, plus de Euskadi, cobro de la formación permanente, estabilidad en el puesto de
trabajo, transformación de pluses de transporte y vestuario en conceptos salariales y
compensación de situaciones de I.T.
TERCERO.- La representación empresarial manifiesta que la falta de cuantificación
económica de los diversos conceptos contenidos en la propuesta sindical impide una
valoración del conjunto de la misma. Por ello, solicita a la representación sindical que
proceda a dicha cuantificación, posponiéndose por este motivo la reunión hasta las 16:30
horas.
CUARTO.- Como continuación de la reunión, en la sesión de tarde, la representación
sindical explica detenidamente su propuesta unitaria y cuantifica los diversos conceptos
contenidos en la misma, solicitando a la patronal al debate sobre estos puntos que
constituyen en su conjunto los principales problemas del sector.
QUINTO.- La representación empresarial manifiesta, a título de ejemplo, que la sola
valoración de la pretendida extensión del plus de peligrosidad (en torno al 15% en 3 años)
excede claramente de cualquier incremento total de la masa salarial para los años 2005 y
siguientes por todos los conceptos, por lo que considera inviable e inasumible peticiones de
este carácter, solicitando por ello a la representación sindical una reconsideración de sus
peticiones más acorde con la situación real de la negociación colectiva en general y del
sector de la seguridad privada, en particular.

SEXTO.- La representación sindical insta igualmente a la representación empresarial a
reconsiderar su propuesta de forma que ésta se ajuste a los términos de la propuesta
sindical.
SÉPTIMO.- Ante la constatación de las diferencias existentes, ambas partes acuerdan
posponer momentáneamente la negociación, hasta que se acuerde una nueva fecha.
OCTAVO.- La representación sindical manifiesta en relación con el contenido del Acta de la
reunión celebrada el día 16 de septiembre que en relación con la propuesta unitaria
presentada por la representación sindical sobre la excedencia y la subrogación que no se
incluye la problemática específica del transporte de fondos, dado que se abordará en un
momento posterior de la negociación conjuntamente con el resto de cuestiones vinculadas
al transporte de fondos.
Y no habiendo mas asuntos que tratar se levanta la sesión con la firma de los asistentes, en
prueba de su conformidad con el contenido de la misma.
POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:
AMPES
D. LUIS GARCÍA ECHEVARRÍA
APROSER:
D. ISAAC MARTÍNEZ CARRASCAL
Dª. RAQUEL RAMÍREZ OCHOA
D. SANTIAGO GARCÍA GARCÍA
D. JUAN MANUEL HERNANZ GARCÍA
FES:
D. ROBERTO BERMEJO GARCÍA
D. LUIS GONZÁLEZ HIDALGO
POR LA REPRESENTACION SINDICAL
CIG:
D. ALBERTO DEL RÍO QUIROGA
D. XOSÉ ANXO VILAR CHENTO (asesor)
D. PAULO PAIO RUBIDO BARA (asesor)

CC.OO.:
D. JUAN FÉLIX MESA FERNÁNDEZ
D. JOSÉ ANTONIO ROLDÁN PÉREZ
D. JAVIER TORREJON MARTÍN
FEs-UGT:
D. BENJAMÍN SÁNCHEZ SOBRINO
D. ANTONIO SOLANO BONILLA
D. RAFAEL LÓPEZ GALLARDO
D. JOSÉ LUIS SANTOS VICENTE
D. FRANCISCO SÁNCHEZ GUTIÉRREZ
D. JOSÉ CARLOS FERNÁNDEZ-CID CASTAÑO (asesor)
D. RAFAEL SALDAÑA ERUSTES
D. JULIÁN GARCÍA PARRILLA (asesor)
D. ISIDRO CAMPOS NAVARRETE
D. DIEGO GIRÁLDEZ JEREZ
FTVS-USO:
D. FERNANDO LAGO
D. ANTONIO IZQUIERDO
D. MARCELO GARCIA (asesor)
D. FRANCISCO VELASCO (asesor)




 A C T A Nº. 5     17/09/2004 12:59  Fecha
Mensaje A C T A Nº. 5


En Madrid, siendo las 16:30 horas del día 16 de Septiembre de 2004, se reúnen en la sede social de la ASOCIACION PROFESIONAL DE COMPAÑIAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD (APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los representantes de las asociaciones empresariales, ACAES, AMPES, APROSER y FES, así como los sindicatos, CIG, CCOO, UGT y USO, que a continuación se relacionan, para tratar los siguientes temas:

PRIMERO.- Tal como se había quedado en la última reunión, se procede a considerar las distintas propuestas de modificación de los artículos 14 (subrogaciones) y 48 (excedencia voluntaria) del presenta convenio.

SEGUNDO.- La representación empresarial explica los motivos de la nueva redacción de su propuesta, según texto que se aportó el día 7 de septiembre, quedando pendiente de contestación por la representación sindical. A su vez, por parte de ésta, se presenta una redacción unitaria de los cuatro sindicatos de los artículos mencionados, con sus consiguientes modificaciones que es recibida por la parte empresarial, anexándose a la presente acta, para su correspondiente estudio y contestación.

Y no habiendo mas asuntos que tratar se levanta la sesión con la firma de los asistentes, en prueba de su conformidad con el contenido de la misma.


POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:

AMPES

D. JUAN PEDRO DEL CASTILLO SERRANO



APROSER:

D. ISAAC MARTINEZ CARRASCAL


Dª. RAQUEL RAMÍREZ OCHOA


D. SANTIAGO GARCÍA GARCÍA


D. JUAN MANUEL HERNANZ GARCÍA



FES:

D. JORGE RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ


D. LUIS GONZÁLEZ HIDALGO


POR LA REPRESENTACION SINDICAL


CIG:

D. ALBERTO DEL RÍO QUIROGA


D. XOSÉ ANXO VILAR CHENTO (asesor)


D. PAULO PAIO RUBIDO BARA (asesor)


CC.OO.:

D. JUAN FÉLIX MESA FERNÁNDEZ


D. TXOMIN MARAÑON MAROTO


D. JAVIER TORREJON MARTÍN


FEs-UGT:

D. BENJAMIN SANCHEZ SOBRINO


D. JULIÁN GARCÍA PARRILLA


D. ANTONIO SOLANO BOMILLA


D. JOSÉ CARLOS FERNÁNDEZ-CID CASTAÑO


D. ISIDRO CAMPO NAVARRETE


FTVS-USO:


D. FERNANDO LAGO


D. ANTONIO IZQUIERDO


D. MARCELO CUARTERO (asesor)


D. JESÚS M. CUARTERO (asesor)




 Acta Número 4     9/09/2004 17:39  Fecha
Mensaje A C T A Nº. 4


En Madrid, siendo las 11:00 horas del día 9 de Septiembre de 2004, se reúnen en la sede social de la ASOCIACION PROFESIONAL DE COMPAÑIAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD (APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los representantes de las asociaciones empresariales, ACAES, AMPES, APROSER y FES, así como los sindicatos, CIG, CCOO, UGT y USO, que a continuación se relacionan, para tratar los siguientes temas:

PRIMERO.- La representación sindical manifiesta su valoración sobre la propuesta patronal presentada en la reunión del día 7 de septiembre, entendiendo que no recoge ninguna de las reivindicaciones planteadas por los sindicatos y que constituye una disminución de las condiciones laborales y sociales vigentes en la actualidad. Consiguientemente, insta a la patronal a reconsiderar su posición.

SEGUNDO.- La representación sindical entiende asimismo que, dadas las diferencias de las posiciones respectivas, debe comenzarse a negociar el Convenio artículo por artículo, con el fin de avanzar en la negociación y facilitar un progresivo acercamiento entre las partes.

TERCERO.- La representación empresarial manifiesta que la propuesta empresarial presentada es más realista en relación con las condiciones laborales que en este momento se están pactando en los diversos Convenios Colectivos, aunque puedan introducirse variables que la mejoren. A este respecto, y después de una deliberación, la representación empresarial entiende que procede que se produzca un compromiso mutuo de presentación de nuevas propuestas para el próximo día 21 de septiembre.

CUARTO.- Tras una deliberación, la representación sindical acepta la propuesta de presentar ambas partes en la reunión del día 21 de septiembre un nuevo posicionamiento. En todo caso, insiste en la conveniencia de continuar las reuniones para avanzar en la negociación en la forma propuesta. En concreto, plantea la celebración de una reunión el próximo jueves 16 de septiembre para tratar la problemática de la excedencia y la subrogación de servicios. Esta propuesta es aceptada por la representación empresarial, fijándose la reunión a las 16:30 horas del jueves 16 de septiembre.

Y no habiendo mas asuntos que tratar se levanta la sesión con la firma de los asistentes, en prueba de su conformidad con el contenido de la misma.


POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:


ACAES

D. MATÍAS PLAZA FRANCÉS


AMPES

D. JUAN PEDRO DEL CASTILLO SERRANO



APROSER:

D. ISAAC MARTINEZ CARRASCAL


Dª. RAQUEL RAMÍREZ OCHOA


D. SANTIAGO GARCÍA GARCÍA


D. JUAN MANUEL HERNANZ GARCÍA



FES:

D. JORGE RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ


D. LUIS GONZÁLEZ HIDALGO


POR LA REPRESENTACION SINDICAL


CIG:

D. ALBERTO DEL RÍO QUIROGA


D. XOSÉ ANXO VILAR CHENTO (asesor)


D. PAULO PAIO RUBIDO BARA (asesor)


CC.OO.:

D. JUAN FÉLIX MESA FERNÁNDEZ


D. MARIO JOSÉ ALONSO FERNÁNDEZ


FEs-UGT:

D. BENJAMIN SANCHEZ SOBRINO


D. JULIÁN GARCÍA PARRILLA


D. ANTONIO SOLANO BOMILLA


D. JOSÉ CARLOS FERNÁNDEZ-CID CASTAÑO


D. ISIDRO CAMPO NAVARRETE


D. SERGIO PICALLO (asesor)


FTVS-USO:


D. ANTONIO DUARTE ÁLVAREZ (asesor)


D. EMILIANO JIMÉNEZ


D. JORGE PÉREZ (asesor)


D. FERNANDO LAGO MOYA




 Propuesta de Aproser     7/09/2004 23:29  Fecha
Mensaje PROPUESTA DE LA REPRESENTACION EMPRESARIAL A LA REPRESENTACIÓN SINDICAL DEL CONVENIO COLECTIVO CON VIGENCIA A PARTIR DEL 01/01/05

A continuación se indican las modificaciones de los Artículos del vigente Convenio Colectivo, ordenadas según el articulado.

ARTÍCULO 3.- AMBITO FUNCIONAL.-

Se suprime el último párrafo de este artículo por el siguiente “No estarán sujetas al presente Convenio Colectivo aquellas Empresas de Seguridad dedicadas exclusivamente a la fabricación, instalación y/o mantenimiento de dichos sistemas, pudiendo, no obstante, ejercitar su facultad de adhesión al presente convenio, siempre que no estuvieran afectadas por otros, en los términos que establece el Art. 92.1 del Estatuto de los Trabajadores”.

ARTICULO 4.- AMBITO TEMPORAL.-

La vigencia del presente Convenio Colectivo será de 4 años, es decir, desde el 01/01/05 hasta el 31/12/08.

ARTICULO 12.- FORMACIÓN.-

Se haría referencia al nuevo acuerdo por las partes negociadoras con sometimiento el subsistema de formación profesional continua según Real Decreto 1.046/2003, de 1 de agosto y Orden Ministerial de 13 de febrero de 2004, así como el desarrollo que se efectúe de los Contratos Programas para la formación de los trabajadores.

Esta modificación afectaría a los párrafos 1º, 2º y 5º de dicho Artículo.

Por su parte, el párrafo 3º quedaría redactado de la forma siguiente:

“Cuando se efectúe formación exigida por la Empresa fuera de la jornada laboral, se abonarán al trabajador las horas empleadas en ella a precio de hora extraordinaria de su categoría laboral”.

El párrafo 4º quedaría suprimido.

ARTICULO 13.-

Se añade un párrafo en los siguientes términos: “Asimismo, queda prohibido que el trabajador esté de alta laboral en dos empresas de seguridad de forma simultánea, por considerarse un supuesto de competencia desleal”.

ARTICULO 14.- SUBROGACIÓN DE SERVICIOS.-

Añadir al apartado (A) después de “… se produzca… y prestara sus servicios más del 50% de su jornada”.

Asimismo, al final de este mismo apartado incluir a partir de “… ausencias reglamentarias del trabajador del servicio subrogado establecidas en los Artículos 45, 46 y 50 de este Convenio Colectivo, las situaciones de Incapacidad Temporal y suspensiones disciplinarias, cualquiera que sea su causa, excluyéndose expresamente las excedencias reguladas en el Artículos 48.

Se dará nueva redacción a la fórmula de subrogación de los Contadores Pagadores, aclarando la actual.

ARTICULO 18.- CLASIFICACIÓN GENERAL.-

Incluir las siguientes categorías:

Personal Operativo:

A) Transporte de Fondos
Vigilante reponedor de cajeros.

B) Personal No Habilitado
Operador de Centro de Control y Videovigilancia.
Coordinador de Central Receptora de Alarmas.
Supervisor de Central Receptora de Alarmas.

C) Personal Administrativo, Técnico de oficinas y ventas
Técnico de Oficinas y Ventas:
Operador de Soporte Técnico.

Personal Administrativo:
Grabador de Datos.

D) Personal de Mandos Intermedios:
Sustituir el Encargado General por Coordinador de Servicios.
Programador de Servicios.

ARTICULO 19.- PERSONAL DIRECTIVO, TITULADO Y TÉCNICO.-

Se definirán cada una de las nuevas categorías cuyo texto se aportará más adelante

ARTICULO 22.- OPERATIVO.-

Operador de Central Receptora de Alarmas. Es el trabajador, que maneja los equipos electrónicos para el tratamiento de la información e interpreta y desarrolla las instrucciones y ordenes para su explotación.

Funciones:

1. Cuidará del mantenimiento y conservación de los equipos electrónicos a su cargo.
2. Dará parte diario de las incidencias producidas durante su servicio, en el cual constará:

La recepción de alarmas producidas durante el servicio.

Comunicaciones de las recepciones de alarmas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

3. Comprobará diariamente el funcionamiento de los equipos electrónicos.

4. Ejecutará las órdenes previstas en la ley de seguridad privada respecto del funcionamiento de las centrales receptoras de alarmas, excepto las propias del Vigilante de Seguridad.

5. Atención al cliente

ARTICULO 32.- ESTABILIDAD EN EL EMPLEO.-

Elevar el porcentaje de fijos en plantilla al 65%, en los mismos términos que se establece en dicho precepto.

ARTICULO 36.- DESPLAZAMIENTO.-

El importe del kilometraje tendrá un incremento del 2% en el 2005, de 0,22 céntimos de Euro por kilómetro.A este respecto el número de kilómetros será computado a partir de donde finalice el término municipal de la localidad.

ARTICULO 40.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO.-

Introducir una modificación en el sentido de que la falta del cumplimiento del preaviso llevará consigo la pérdida de los salarios correspondiente a los 15 días o la parte proporcional si el preaviso se hubiera efectuado en periodo inferior al previsto.

ARTICULO 41.- JORNADA DE TRABAJO.-

La jornada de trabajo para 2005, será de 1.826 horas anuales de trabajo efectivo, para la totalidad de la vigencia del Convenio, lo que supone 166 h. Mensuales.

El incremento de la jornada que se propone (38 horas) acrecerá el incremento de los salarios que más adelante se señala en salario base.

Entre jornada terminada e inicio de la siguiente deberán mediar un mínimo de 12 horas.

En éste artículo se propone las siguientes supresiones de los párrafos que comienzan por “… Los trabajadores de vigilancia y transporte..” y termina “… 8 horas para 2004” y el siguiente párrafo “… Si la jornada de trabajo” y termina “… de la tarde”

El párrafo siguiente quedará como sigue “Para el personal No Operativo, el descanso podrá ser de hasta 2 h. entre jornada y jornada”, y el siguiente párrafo quedará redactado de la siguiente manera “Las empresas informarán a los representantes de los trabajadores del correspondiente horario, turno y relevo de trabajo de su personal y lo coordinarán en los distintos servicios para el más eficaz rendimiento”.

El último párrafo quedará redactado de la forma siguiente “Dada las especiales características de la actividad, se entenderán de carácter ininterrumpido el funcionamiento de los centros de trabajo con turnos de mañana, tarde y noche en las Compañías Privadas del Servicio de Seguridad, debiéndose respetar siempre la jornada máxima del trabajador”.

ARTICULO 42.- HORAS EXTRAORDINARIAS.-

Mantener el texto actual con el importe de horas extras según el incremento con el incremento del 2% para el año 2% y el IPC real del año anterior para los tres años restantes, incluyendo la posibilidad de ser compensadas en tiempo de descanso a criterio de la empresa.

ARTICULO 43.- MODIFICACIÓN DE HORARIOS.-

Quedará suprimido.

ARTICULO 46.- LICENCIAS.-

Las ampliaciones de días de licencia serán las siguientes, dependiendo de las distancias del deplazamiento:

Apartado b) y f): Menos de 100 kms. : 0 días de ampliación
De 100 a 300 kms.: 1 día de ampliación
De 300 kms. en adelante: 2 días de ampliación

ARTICULO 48.- EXCEDENCIA.-

Después del tercer párrafo se añadiría: “En caso de solicitud de prórroga de excedencia, ésta requerirá obligatoriamente la autorización expresa de la empresa.”

Después del 4º párrafo añadir el siguiente “La situación de Excedencia Voluntaria será incompatible para prestar servicios en otra Empresa de Seguridad desarrollando las mismas u otras funciones propias de la misma, cuya vulneración supondrá la automática extinción de la relación laboral con la Empresa en la que se encuentra excedente.

ARTICULO 54.6.- FALTAS GRAVES.-

De este apartado quedaría suprimida “… la voluntaria disminución de la actividad habitual”.

ARTICULO 55.3.- FALTAS MUY GRAVES.-

Sustituir el adverbio “siempre” por “aunque”.

ARTICULO 59.- PREMIOS.-

Incrementar el importen en metálico del Tirador Selecto a 24 €, abonables una sola vez.

En este mismo Artículo en el apartado que hace referencia a las recompensas, se estaría a la siguiente redacción “Los anteriores motivos dignos de premio quedarán recompensados, correlativamente con las siguientes recompensas”.

ARTICULO 60.- SEGURO COLECTIVO DE ACCIDENTES.-

Se incrementarían para toda la vigencia del Convenio en un 6%.

ARTICULO 61.- AYUDAS HIJOS MINUSVALIDOS.-

Incremento del 2% en el 2005 e IPC real del año anterior en los 3 años restantes.

ARTICULO 62.- COMPENSACIÓN DE LOS SUPUESTOS DE I.T.-

Las prestaciones a recibir en estos supuestos serán las establecidas en la Ley General de Seguridad Social.

ARTICULO 64.- RETRIBUCIONES.- Descripción General.-

El 2º párrafo quedaría redactado de la forma siguiente “El pago de las retribuciones del total de la retribución del Anexo Salarial se efectuará por meses vencidos, hasta el día 5 del mes siguiente. No obstante, los complementos variables se abonarán en la nómina del mes siguiente del que se haya devengado.”

ARTICULO 68.- COMPLEMENTO PERSONAL DE ANTIGÜEDAD.-

El importe del complemento de personal de antigüedad se abonaría por los importes actualmente vigentes, estableciéndose que a partir del 1 de enero de 2005 no se comience el devengo de más quinquenios dejando únicamente los quinquenios en tránsito para los años 2005, 2006, 2007, 2008 y 2009, finalizando el 31/12/09, a partir de cuya fecha no serán abonables más trienios y quinquenios de los que se posean a dicha fecha.

ARTICULO 69.- COMPLEMENTOS DE PUESTO DE TRABAJO.-

Los pluses de Peligrosidad, Escolta, Vehículo Blindado, Actividad y Radioscopia aeroportuaria, Trabajo Nocturno y Fin de Semana y Festivos tendrán un incremento equivalente en el primer año del 2% siendo en los sucesivos el IPC real del año anterior para los 3 años restantes.

Los pluses de Responsable de Equipo de Vigilancia y Transporte de Fondos, y el plus de Residencia en Ceuta y Melilla, se incrementarán en el mismo porcentaje que lo haga el salario base.

Se crea un plus de responsable de equipo de central receptora de alarmas, que percibirán mensualmente un 10% del salario base de la categoría operador de central receptora de alarmas.

ARTICULO 71.- COMPLEMENTO DE VENCIMIENTO AL MES.-

Al final añadir un párrafo “Las pagas extraordinarias se podrán prorratear en 12 mensualidades previo acuerdo del trabajador y la empresa”.

ARTICULO 72.- COMPLEMENTOS DE INDEMNIZACIONES Y SUPLIDOS.-

Según tabla de retribuciones anexa.

ARTICULO 73.- CUANTIA DE LAS RETRIBUCIONES PERSONAL OPERATIVO.-

Ver Anexo de Tablas, por categorías.

ARTICULO 75.- UNIFORMIDAD.-

Se añade un nuevo párrafo séptimo y último en los siguientes términos: “Los trabajadores estarán obligados a devolver la uniformidad que posean de la empresa, al causar baja en la misma. En el supuesto de no realizarse la entrega, el coste del uniforme le será descontado en la liquidación correspondiente”.

ARTICULO 81.-

En cuanto al importe de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil a suscribir, se estará a lo exigido por la Ley de Seguridad Privada.

DISPOSICION ADICIONAL PRIMERA.-

Derecho de preferencia al uso de arma, queda suprimido.

RETRIBUCIONES RESTO DE CATEGORÍAS.-

Incremento salarial del 4,13% para 2.005 e IPC real del año anterior para los tres años restantes, con la distribución de conceptos que se determine en el curso de las negociaciones.

El incremento salarial de los mandos intermedios de la tabla de retribuciones del año 2.004 será para el 2005 del 10%, pasando el plus de vestuario al salario base y suprimiéndose éste definitivamente.



 Acta Número 2     7/09/2004 23:23  Fecha
Mensaje ACTA Nº 2 - 20 de Julio de 2004

En Madrid, siendo las 11:00 horas del día 20 de Julio de 2004, se reúnen en la sede social de la ASOCIACION PROFESIONAL DE COMPAÑIAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD (APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los representantes de las asociaciones empresariales, ACAES, AMPES, APROSER y FES, así como los sindicatos, CCOO, UGT y USO, que a continuación se relacionan, para tratar los siguientes temas:
PRIMERO.- En relación con el acuerdo tercero del Acta número 1 de la Comisión Negociadora del Convenio de 6 de julio de 2004, se pospone la ratificación definitiva de la asignación de puestos de la representación sindical en dicha Comisión hasta el 7 de septiembre, fecha de la próxima reunión. Igualmente se aportarán los titulares de cada uno de los sindicatos participantes en la Comisión Negociadora, así como los asesores.
SEGUNDO.- Se comunica por parte de APROSER que la persona que ocupará uno de los dos puestos asignados pendientes a esta Asociación, será D. JUAN MANUEL HERNANZ. Asimismo, ACAES, representada en esta reunión por D. LUIS GARCIA ECHEVARRIA, representante de AMPES, comunica que los dos puestos asignados en la representación empresarial para ACAES serán ocupados por D. FERNANDO RICONDO y D. MATIAS PLAZA. Por parte de FES, se comunica que actuará como suplente D. LUIS GONZÁLEZ HIDALGO.
TERCERO.- Por parte de las centrales sindicales CC.OO, USO, y UGT se entregan en este acto las plataformas de modificación del convenio colectivo vigente, tal como se habían comprometido en la reunión anterior. Por parte de CIGA, ausente en esta reunión, se ha recibido por parte de APROSER ejemplar de plataforma cuya copia se entrega a las restantes organizaciones empresariales, pudiendo los sindicatos dirigirse a este sindicato para obtener una copia de la misma.
CUARTO.- Se hace constar expresamente que D. ISIDRO CAMPO NAVARRETE participó en la primera reunión de la Comisión Negociadora del Convenio celebrada el pasado 6 de julio, habiendo siendo omitido su nombre en la relación de asistentes de forma involuntaria.
QUINTO.- Se fija como fecha de la próxima reunión el día 7 de septiembre a las 11.00 horas en estos locales.
Y no habiendo mas asuntos que tratar se levanta la sesión con la firma de los asistentes, en prueba de su conformidad con el contenido de la misma.
POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:
ACAES
Representado por D. LUIS GARCIA ECHEVARRIA según FAX del día 20 de julio de 2004, firmado por D. Fernando Fernández Núñez, Presidente de ACAES.
AMPES
D. JUAN PEDRO DEL CASTILLO SERRANO
D. LUIS GARCIA ECHEVARRIA
APROSER:
D. ISAAC MARTINEZ CARRASCAL
Dª. RAQUEL RAMÍREZ OCHOA
FES:
D. JORGE RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
Doña VANESA GÓMEZ DÍAZ
POR LA REPRESENTACION SINDICAL
CC.OO.:
D. MARIO JOSÉ ALONSO FERNÁNDEZ

FEs-UGT:
D. BENJAMIN SANCHEZ SOBRINO
D. JOSÉ LUIS SANTOS VICENTE
D. JULIÁN GARCÍA PARRILLA
D. SERGIO PICALLO GONZÁLEZ (asesor)
D. FRANCISCO SÁNCHEZ GUTIÉRREZ
D. JOSÉ CARLOS FERNÁNDEZ-CID CASTAÑO (asesor)
D. ISIDRO CAMPO NAVARRETE
FTVS-USO:
D. FERNANDO LAGO MOYA
D. MARCELO GARCÍA CONDE
D. JUAN CARLOS LÓPEZ REYES (asesor)



 Acta Número 1     7/09/2004 23:17  Fecha
Mensaje A C T A Nº. 1
En Madrid, siendo las 11 horas del día 6 de Julio de 2004, se reúnen en la sede social de
la ASOCIACION PROFESIONAL DE COMPAÑIAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE
SEGURIDAD (APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los
representantes de las asociaciones empresariales, ACAES, AMPES, APROSER y FES, así
como los sindicatos CIG, CC.OO, UGT y USO, que a continuación se relacionan,
adoptando los siguientes
ACUERDOS
PRIMERO.- Dar por constituida con esta fecha la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo Nacional de Empresas de Seguridad que sustituirá a su término el actualmente
vigente de 2002-2004, anticipando, por tanto, la fecha prevista en el artículo cinco.
SEGUNDO.- Ambas representaciones sindicales y patronales se reconocen mutuamente
interlocutores con capacidad, personalidad jurídica y legitimación suficiente para negociar
en exclusiva el presente Convenio Colectivo en consonancia con lo previsto en los
Artículos 82, 87 y 88 del R/D Legislativo 1/1995 de 24 de Marzo por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
TERCERO.- De acuerdo con la certificación del Ministerio de Trabajo del día 10 de mayo
de 2004, que se anexa a este Acta, la asignación de puestos en la Comisión Negociadora
por parte de la representación sindical es 7 representantes para UGT, 5 para CC.OO.,
2 para USO y 1 para CIG. Por parte de USO se manifiesta que existen errores en esta
certificación, por lo que los sindicatos presentes acuerdan ratificar definitivamente la
anterior asignación puestos o modificarla en la próxima reunión de la Comisión
Negociadora del Convenio.
CUARTO.- Las presentes Organizaciones se comprometen formalmente a no promover
Convenios de cualquier ámbito, en tanto el que hoy se negocie permanezca vigente así
como en lo que dure la negociación que hoy se inicia que pudiera implicar modificación
del contenido total y/o parcial del presente convenio, en relación con el Art. 84 del
vigente Estatuto de los Trabajadores.
QUINTO.- Los componentes de la Comisión Negociadora por parte de la representación
empresarial serán los siguientes:
Por APROSER 5 puestos:
D. SANTIAGO GARCIA GARCÍA
Dª. RAQUEL RAMÍREZ OCHOA
D. ISAAC MARTINEZ CARRASCAL
quedando pendiente la designación de los puestos restantes.
Por ACAES 2 puestos pendientes de designación
Por AMPES 2 puestos:
D. JUAN PEDRO DEL CASTILLO SERRANO
D. LUIS GARCIA ECHEVARRIA
Por FES 2 puestos:
D. ROBERTO BERMEJO GARCÍA
Doña VANESA GÓMEZ DÍAZ
Suplente:
D. JORGE RODRÍGUEZ
SEXTO.- Como calendario para las sesiones negociadoras se conviene por los asistentes
celebrarla los martes y jueves de cada semana, salvo que de mutuo acuerdo se disponga
alterar dicho calendario. Las reuniones se celebrarán en principio en la sede social de
APROSER.
Los permisos sindicales de negociación comprenderán la jornada de negociación más el
día anterior y posterior que las partes negociadoras hayan señalado. Estos permisos
sindicales de negociación se aplicarán tanto a los titulares como a los asesores.
SÉPTIMO.- Se fija como próximo día de negociación el martes 20 del presente mes a las
11.00 horas, en el que se entregará la plataforma de la representación sindical.
Y no habiendo mas asuntos que tratar se levanta la sesión con la firma de los asistentes,
en prueba de su conformidad con el contenido de la misma.
ASISTENTES
POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:
ACAES
D. FERNANDO RICONDO SALVARREY
AMPES
D. JUAN PEDRO DEL CASTILLO SERRANO
D. LUIS GARCIA ECHEVARRIA
APROSER:
D. ISAAC MARTINEZ CARRASCAL
D. SANTIAGO GARCIA GARCIA
Dª. RAQUEL RAMÍREZ OCHOA
FES:
D. ROBERTO BERMEJO GARCÍA
Doña VANESA GÓMEZ DÍAZ
POR LA REPRESENTACION SINDICAL
CIG:
D. GUILLERMO GUIMAREY GARCÍA
CC.OO.:
D. MIGUEL ANGEL AGUILERA CARDENAS
D. MARIO JOSÉ ALONSO FERNÁNDEZ
FEs-UGT:
D. BENJAMIN SANCHEZ SOBRINO
D. JOSÉ LUIS SANTOS VICENTE
D. JULIÁN GARCÍA PARRILLA
D. SERGIO PICALLO GONZÁLEZ (asesor)
D. DIEGO GIRÁLDEZ GEREZ (asesor)
D. ANTONIO SOLANO BONILLA
D. FRANCISCO SÁNCHEZ GUTIÉRREZ
D. JOSÉ CARLOS FERNÁNDEZ-CID CASTAÑO (asesor)
FTVS-USO:
D. FERNANDO LAGO MOYA
D. MARCELO GARCÍA CONDE
D. JULIO MARTÍNEZ CARRERA
D. JUAN CARLOS LÓPEZ REYES (asesor)
D. ANTONIO DUARTE ALVAREZ (asesor)
A C T A Nº. 2

En Madrid, siendo las 11:00 horas del día 20 de Julio de 2004, se reúnen en la sede social de la ASOCIACION PROFESIONAL DE COMPAÑIAS PRIVADAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD (APROSER), Calle Marqués de Urquijo 5, 2º A, de una parte los representantes de las asociaciones empresariales, ACAES, AMPES, APROSER y FES, así como los sindicatos, CCOO, UGT y USO, que a continuación se relacionan, para tratar los siguientes temas:

PRIMERO.- En relación con el acuerdo tercero del Acta número 1 de la Comisión Negociadora del Convenio de 6 de julio de 2004, se pospone la ratificación definitiva de la asignación de puestos de la representación sindical en dicha Comisión hasta el 7 de septiembre, fecha de la próxima reunión. Igualmente se aportarán los titulares de cada uno de los sindicatos participantes en la Comisión Negociadora, así como los asesores.

SEGUNDO.- Se comunica por parte de APROSER que la persona que ocupará uno de los dos puestos asignados pendientes a esta Asociación, será D. JUAN MANUEL HERNANZ. Asimismo, ACAES, representada en esta reunión por D. LUIS GARCIA ECHEVARRIA, representante de AMPES, comunica que los dos puestos asignados en la representación empresarial para ACAES serán ocupados por D. FERNANDO RICONDO y D. MATIAS PLAZA. Por parte de FES, se comunica que actuará como suplente D. LUIS GONZÁLEZ HIDALGO.

TERCERO.- Por parte de las centrales sindicales CC.OO, USO, y UGT se entregan en este acto las plataformas de modificación del convenio colectivo vigente, tal como se habían comprometido en la reunión anterior. Por parte de CIGA, ausente en esta reunión, se ha recibido por parte de APROSER ejemplar de plataforma cuya copia se entrega a las restantes organizaciones empresariales, pudiendo los sindicatos dirigirse a este sindicato para obtener una copia de la misma.

CUARTO.- Se hace constar expresamente que D. ISIDRO CAMPO NAVARRETE participó en la primera reunión de la Comisión Negociadora del Convenio celebrada el pasado 6 de julio, habiendo siendo omitido su nombre en la relación de asistentes de forma involuntaria.

QUINTO.- Se fija como fecha de la próxima reunión el día 7 de septiembre a las 11.00 horas en estos locales.

Y no habiendo mas asuntos que tratar se levanta la sesión con la firma de los asistentes, en prueba de su conformidad con el contenido de la misma.




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